Arturo Hernández Martínez
A01222512
BIBLIOGRAFÍA
*Read, J. (1998). Netizens: On the history and impact of usenet and the internet. Online Information Review, 22(6), 408-409. Recuperado de ProQuesst: http://search.proquest.com/docview/194487694?accountid=11643
*Crawford, W. (2002). Copyright out of whack II: Control run amok. EContent, 25(10), 42-42. Recuperado de ProQuest: http://search.proquest.com/docview/213820980?accountid=11643
* (2010). Organización mundial de la propiedad intelectual (WIPO), ¿Qué es la propiedad intelectual?, Suiza.
*Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía moral. México, D.F. Fondo de Cultura Económica.
*Bernstein, J. (2007). A DMCA fix needed: To eliminate online copyright loophole. EContent, 30(6), 12-13. Recuperado de ProQuest: http://search.proquest.com/docview/213813276?accountid=11643
*Velázquez, Manuel G. (2006) Ética en los negocios, Pearson Educación, México.
*Clark, States Adam. (Junio 2011). The U.N. declares Internet Access a Human Right. Recuperado de TheAtlanticWire: http://www.theatlanticwire.com/technology/2011/06/united-nations-wikileaks-internet-human-rights/38526/
*Zapata131 (Noviembre 2011). #SOPA el Internet de todo el mundo bajo la legislación de EEUU, #stopSOPA. Recuperado de IdentidadGeek: http://identidadgeek.com/sopa-el-internet-de-todo-el-mundo-bajo-la-legislacion-de-eeuu-stopsopa/2011/11/
*(Noviembre 2011). Alexa: The Web Information Company. Recuperado de Alexa: http://www.alexa.com/
*Francescani, Chris. (Octubre 2007). The Home Video Prince Doesn’t Want You To See. Recuperado de ABC NEWS: http://abcnews.go.com/TheLaw/home-video-prince/story?id=3777651#.TsvegWPz2sp
*(Noviembre 2011). American Censorship. Recuperado de AmericanCensorship: http://americancensorship.org/
*(Julio 2011). Czech Teenager Convicted to Years in Jail for Copyrighted Infringement. Recuperado de ExtraTorrent: http://extratorrent.com/article/1403/czech+teenager+convicted+to+years+in+jail+for+copyrighted+infringement.html
*Lindsay, C. (Diciembre 2009). Suing people for their love of music. Recuperado de TeenInk: http://www.teenink.com/opinion/all/article/10094/Suing-People-for-Their-Love-of-Music/
¿No es gracioso cómo, en veces, pareciera que los seres humanos tendemos a destruir lo que otros construyeron sólo por diversión o falta de algún otra labor de mayor utilidad?
Cuando comenzó el Internet (con mayúscula por supuesto), el único propósito que se perseguía era el de darle mayor utilidad a las computadoras con las que se contaban (Read, J. (1998). Netizens: On the history and impact of usenet and the internet. Online Information Review, 22(6), pp. 408-409) y quizá como no se lograba concebir siquiera en lo que convertiría esa “pequeña” red que decidieron crear, fue que el internet atravesó un camino que nunca antes se había cruzado (uno muy liberal cabe señalar), quizá fue por esto que algunas personas entendieron que las leyes que aplicaban para la sociedad no “existían” en este mundo de la tecnología paralelo a la realidad en la que coexistíamos. Sin embargo, ahora que han pasado más de 50 años de la aparición del Internet, la realidad nos coloca en una posición que sería fácil concluir le tira a la contrariedad, puesto que las autoridades en diversos países parecen querer, de alguna manera, controlar lo que nunca tuvo control, tratando remendar de alguna forma los daños causados a diversas personas, instituciones y/o empresas que se han percatado de que el Internet en su estado de naturaleza (Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía moral “La idea de un Contrato Social”, pp. 220) no parece tomarle mucha importancia a los intereses de los demás, lo cual no puede ser bueno para todos, sólo que desgraciadamente apenas nos estamos dando cuenta de eso.
Pero antes de que nuestro juicio comience a divagar entre las ideas de los opositores y las autoridades, creo que sería importante que mencionáramos que la ONU recientemente publicó que “el acceso a Internet es un derecho humano”, (Clark, States Adam. (Junio 2011). The U.N. declares Internet Access a Human Right. Recuperado de http://www.theatlanticwire.com/technology/2011/06/united-nations-wikileaks-internet-human-rights/38526/) un argumento que creo necesario tener que explicar puesto que éste indica que ninguna autoridad puede inhibir activamente el acceso a Internet a ninguna persona. Y así es que con la aseveración anterior, el “Stop Online Piracy Act” que Estados Unidos quiere legislar (Noviembre 2011. Recuperado de AmericanCensorship.com) no queda muy bien parado, pero aun así creo importante, justo y necesario analizar los argumentos que las autoridades americanas anteponen a esta barbaridad acción que pretenden convertir en parte de la ley, así que comencemos.
Mientras el gobierno trata de proteger aquello que conocemos como propiedad intelectual, que “se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio” (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, ¿Qué es la propiedad intelectual?, 2010) pareciera que los protestantes tratasen de defender la dignidad humana, que Kant describiría adecuadamente de la manera siguiente “la dignidad, un valor intrínseco que nos hace valiosos sobre cualquier precio" (Rachels, Introducción a la Filosofía Moral, 2006, pp. 204) puesto que el hecho de que incluso se esté analizando la posibilidad de exigir a las compañías proveedoras de servicios de telecomunicación el que tengan que divulgar la IP de las personas que “infringen” la ley en el Internet, para así lograr que la policía llegue hasta la puerta de su casa no parece algo muy razonable considerando que por mucho tiempo este tipo de información ha sido manejada como privada y de ninguna manera se ha permitido ser revelada para evitar así atentar contra la dignidad de las personas (Zapata131 (Noviembre 2011). #SOPA el Internet de todo el mundo bajo la legislación de EEUU, #stopSOPA. Recuperado de IdentidadGeek.com) ¿cierto?
Y es entonces que por fin podemos visualizar una de las raíces de este gran embrollo, quizá uno de los problemas fundamentales cabe decir, el hecho de que aparentemente en ningún momento hubo control sobre el Internet, o por lo menos eso creía la sociedad hasta el 28 de octubre de 1998 cuando el Presidente Bill Clinton firmó la ley del “Digital Milenium Copy Act”, que viene a asumir que "todos los consumidores son ladrones de corazón, que el uso justo no existe, que las expectativas razonables de los compradores y los usuarios deben suprimirse en el nombre de los derechos de autor” (Crawford, W. (2002). Copyright out of whack II: Control run amok. EContent, 25(10), 42-42), y obviamente, la ley anterior aplica para todos los dominios domésticos en Estados Unidos, y cuando notamos que cualquier dominio .com, .net o .org está controlado por algún registro de dominios americano, se puede concluir fácilmente que Estados Unidos rige las leyes sobre el Internet hasta cierto punto (Zapata131 (Noviembre 2011). #SOPA el Internet de todo el mundo bajo la legislación de EEUU, #stopSOPA. Recuperado de IdentidadGeek.com). Aunque la DMCA tampoco es perfecta, puesto que existen varias excepciones que impiden que se puedan castigar a los causantes de todo este conflicto de intereses, a esto Carole Handler, vicepresidente de la práctica de litigios de propiedad intelectual en Foley & Lardner menciona que "con las lagunas en la DMCA, las demandas de derechos de autor de infracción van a seguir apareciendo [...] El Congreso debe volver a examinar la ley [...] La cuestión en litigio es quien tiene la carga de la aplicación y si la DMCA indebidamente atañe la carga a los propietarios de contenido" (Bernstein, J. (2007). A DMCA fix needed: To eliminate online copyright loophole. EContent, 30(6), 12-13), razón por la que continuamente han surgido demandas tras demandas de personas que se ven atacadas por enormes compañías, mientras que los verdaderos criminales siguen monetizando sus sitios web sin ningún problema, sitios en los que se enlaza a contenido que verdaderamente infringe los derechos de autor, pero como la legislación actual se los permite de cierta forma, ellos no son culpables, pero eso está a punto de cambiar aparentemente.
Aunque, a pesar de todo, es necesario mencionar que una parte de nuestra concepción humana, de ese papel que jugamos día a día como viajeros cibernéticos nos obliga a pensar que, ciertamente, quizá las nuevas legislaciones que las autoridades pretenden establecer pueden parecer demasiado ortodoxas, pero aun así, es necesario que se haga algo puesto que no es posible que páginas como cuevana.tv o cucirca.com mantengan el ranking #786 y #6954 a nivel mundial entre más de 23 millones de páginas existentes en la Web (Noviembre 2011. Alexa: The Web Information Company. Recuperado de Alexa.com) teniendo en cuenta que ambas motivan a los usuarios a infringir los derechos de autor de miles de productores de películas, series, cortometrajes y más, logrando que esta acción se vuelva algo “normal” (además de que el hecho de que una de estas dos páginas sea de origen argentino, viene a validar justamente uno de los puntos que Estados Unidos defiende), por lo que en serio, ES NECESARIO castigar a este tipo de sitios, es justo que el gobierno de cualquier nación tenga el derecho de dar de baja sitios de este tipo, es importante que el Internet esté libre de páginas como éstas que sólo vienen a aumentar la mala fama que ataca al Internet por su “falta de seguridad”, pero cuando se trata de hacer que algunas personas cuyo poder sobre la red es ínfimo o casi nulo tengan que pagar por los platos rotos de los grandes sitios es cuando todo pierde el sentido de justica y la noción de realidad se ve comprometida nuevamente. Tal es el caso de Holden Lenz (Francescani, Chris. (Octubre 2007). The Home Video Prince Doesn’t Want You To See. Recuperado de AbcNews.go.com), un bebé de 18 meses que aparece bailando en un video de Youtube que dura menos de 30 segundos, una inocente imagen de una madre que simplemente decidió tomar su cámara y grabar a su hijo mientras bailaba cuando en el fondo se escuchaba cierta canción de Prince, video que tras ser quitado de la red porque Universal Music decidió que infringía los derechos de autor de su artista orilló a la madre a interponer una demanda civil y originar una serie de juicios que durarían más de 3 años (y hasta el día de hoy no han tenido resolución) porque castigando a una madre que adquirió el CD original y grabó una porción de éste por menos de 30 segundos es como todo el problema de los derechos de autor será solucionado, ¿verdad que sí enormes disqueras?
Y es justo en este instante que nos percatamos que lo que estamos tratando de alcanzar no es ningún tipo de dictadura cibernética, ni queremos crear un monstruo que tenga el poder absoluto sobre la sociedad, sobre nuestra sociedad porque gracias al Internet y a esta nueva era de la comunicación ya no somos diversos países que tienen acceso a diferentes partes del Internet, no, ahora somos una enorme comunidad que merece el acceso a toda la información que existe en la web, una valiosa comunidad que se ve en tela de juicio puesto que algunos decidieron cruzar los límites que, debemos aceptar, nunca estuvieron tan bien establecidos. Lo que las autoridades están logrando conseguir es la justicia, pero quizá lo que no han logrado discernir es que esa justicia que tanto anhelan en estos instantes no puede ser alcanzada de la forma que ellos plantean.
¿Cómo puede ser posible que se encarcelen a jóvenes de 16 años por mantener un sitio que infringía los derechos de autor teniendo tan sólo 7 mil visitas mensuales, cuando enormes sitios tienen un tráfico millonario y sus creadores son capaces de caminar libremente bajo la luz del día? ((Julio 2011). Czech Teenager Convicted to Years in Jail for Copyrighted Infringement. Recuperado de ExtraTorrent.com) ¿Cómo es permisible que cientos de adolescentes sean demandados por las más grandes disqueras tras descargar música de manera ilegal de ciertas plataformas que permiten la compartición de archivos, pero a las plataformas no les hagan nada? (Lindsay, C. (Diciembre 2009). Suing people for their love of music. Recuperado de TeenInk.com) ¿No sería acaso algo mucho más inteligente, justo y sensato darle fin a estos sitios que permiten la compartición de archivos sin siquiera revisarlos antes de darles acceso a millones de personas a los mismos? ¿Por qué los pequeños tenemos que pagar por los descuidos billonarios de los más grandes? Además, ¿cómo es posible que un solo país pueda regir sobre lo que conocemos como Internet y hacer que éste cambie en todo el mundo sólo con presionar un botón? ¿No sería algo mucho más razonable que se organizara algún tipo de consenso para que pudiéramos decidir qué hacer acerca de esta situación como una sociedad, como una democracia, no como una dictadura en la que se darán órdenes y nosotros no podremos más que agachar la cabeza y pagar por los platos rotos de los mayores?
“Mayores beneficios para unos, no justifican las injusticias para otros” (Velázquez, Manuel G. (2006) Ética en los negocios, Pearson Educación, México. pp. 88), no podemos aplicar justicia parcialmente, estoy de acuerdo, pero tampoco podemos permitir que las acciones de otros anulen nuestra libertad como individuos. Si lo que en verdad queremos alcanzar la justicia, estimados políticos, déjenme informarles que de esta forma sólo alcanzaremos una revolución porque eventualmente el pueblo estará cansado de que sólo algunos, cuyo papel en la sociedad que infringe derechos de autor es ínfimo, tengan que pagar mientras que otros que son los que hacen que esta máquina de delincuencia siga girando continúen motivando la desdicha de los demás. Si lo que queremos obtener es justicia, entonces tendremos que establecer acuerdos como sociedad, porque la justicia que pretendemos es social y retributiva, no vagamente una u otra, y como una sociedad es que podemos establecer algún tipo de organización o comité que regulado por representantes de cada nación tenga el poder de decidir qué está bien y qué está mal, tengan la inteligencia para redactar leyes que verdaderamente castiguen a aquellos que se lo merecen, y que por amor de Dios (o de quien sea que estén basadas sus creencias religiosas) no generen hoyos en la ley que nos pongan en esta penosa situación nuevamente.
*Read, J. (1998). Netizens: On the history and impact of usenet and the internet. Online Information Review, 22(6), 408-409. Recuperado de ProQuesst: http://search.proquest.com/docview/194487694?accountid=11643
*Crawford, W. (2002). Copyright out of whack II: Control run amok. EContent, 25(10), 42-42. Recuperado de ProQuest: http://search.proquest.com/docview/213820980?accountid=11643
* (2010). Organización mundial de la propiedad intelectual (WIPO), ¿Qué es la propiedad intelectual?, Suiza.
*Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía moral. México, D.F. Fondo de Cultura Económica.
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*Velázquez, Manuel G. (2006) Ética en los negocios, Pearson Educación, México.
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