lunes, 2 de mayo de 2016

Trata de personas

Carlos Huerta 
A01226650

Trata de personas
En este ensayo se hablará acerca de la trata de personas y de los problemas éticos a los que atenta, también se hablará de los derechos humanos, la dignidad y otros aspectos. La trata de personas en el mundo está creciendo a nivel mundial, esto se debe a que es el tercer negocio más lucrativo después del narcotráfico y la venta de armas, ilegales todos los anteriores. (ONUDC, s.f.) Pero primero, ¿Qué es la trata de personas? Según el ACNUR la trata consiste en utilizar, en provecho propio y de un modo abusivo, las cualidades de una persona. Para que la explotación se haga efectiva los tratantes deben recurrir a la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas. Los medios para llevar a cabo estas acciones son la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad. Además se considera trata de personas la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas, la servidumbre o la extracción de órganos (ACNUR, s.f.). La trata de personas, según un informe de las Naciones Unidas, está presente en 153 países y la Organización Internacional del Trabajo estima que alrededor de 2.4 millones de personas son víctimas de la trata en algún momento de su vida y las ganancias ascienden a unos 32,000 millones de dólares al año, haciendo ésta una actividad delictiva de gran envergadura. Cabe recalcar que el 66% de las víctimas de trata son mujeres, utilizadas para ser explotadas sexualmente (UNODC, 2006). El tema no es ligero debido a que se trata de vidas humanas las cuales se destruyen en este acto.
En este ensayo se argumenta que la trata de personas atenta contra todos los derechos humanos, ya que se le trata a la víctima como mera mercancía, como un objeto que puede ser explotado y comerciado para lucrar con él. La trata es un fenómeno conocido como una forma de esclavización del siglo XXI y una forma perversa de exclusión (García, 2010). A la persona se le atenta contra su dignidad así como se le abusa física y/o mentalmente llevándola a vivir una vida llena de atrocidades durante su captura y hasta después de ésta.
Palabras clave: Trata de personas, derechos humanos, dignidad, víctimas, Kant.
Para las victimas todo este proceso es un calvario, más para algunas no todo es horrible al principio, pues en algunos casos son engañadas por los tratantes por medio del enamoramiento, el cual llega tras días de halagos y conversaciones de parte del captor. La víctima se “engancha” ya que suelen ser mujeres de bajos recursos con problemas familiares, fáciles de complacer y de persuadir con lujos. Una vez que ganan su confianza, los tratantes, las invitan a irse con ellos a otros estados o países, prometiéndoles una vida llena de lujos y una relación estable, pero en cuanto llegan a sus destinos son notificadas de lo que harán y no tienen escapatoria. Los “padrotes” las obligan a prostituirse y a entregarles sus ganancias. Estos delincuentes son los responsables de la situación de las víctimas pues no dudan en engañarlas, ya que solo piensan en sí mismos, buscan tener más de lo que ya tienen y en su avaricia llegan a cometer actos de secuestro, violación y maltrato a sus víctimas. Paul Ricoeur en su teoría YO-CON-Y-PARA-EL-OTRO, explica cómo esto es posible mencionando como el varón piensa en una libertad absoluta basada en “ser para sí” y la mujer se olvida de sí, se anula a ella misma y piensa en “ser para el otro”. Esto es un claro ejemplo de cómo se da en algunas ocasiones la trata de personas por enamoramiento.
En la trata de personas se hace una violación a los derechos humanos ya que se atenta contra la vida, la libertad, la igualdad, la paz y la tolerancia. Los derechos humanos y el derecho internacional humanitario son disciplinas en constante revisión y evolución, forman parte del derecho Internacional Público y tienen en común la protección de las personas en la preservación de su vida, integridad y dignidad, independiente de su condición nacional, racial, religiosa, género, etc., en cualquier tiempo y lugar del universo. (Cardona Arias, 2007)
Se atenta contra el derecho a la vida ya que el derecho a la vida está vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas. De forma análoga, todo ser humano, sin excepción, merece el respeto incondicional por el simple hecho de existir y estar vivo. Por lo tanto, desde su nacimiento, todos los niños tienen derecho a una vida protegida, cosa que en este caso no se hace (Humanium). También porque otra persona decide el rumbo que toma su vida, atentando igual al derecho a la libertad individual y colectiva porque a libertad es la facultad de obrar según su voluntad, respetando la ley y el derecho ajeno (Humanium). La libertad no está presente en la víctima puesto que es obligada a trabajos forzosos sin ningún tipo de paga, más que lo necesario, siendo así una esclava del mundo moderno ya que ni siquiera decide en donde vivir, en que trabajar, incluso no puede ir a donde él o ella quiere.
Atenta contra la igualdad, que es, según la RAE, un principio que reconoce la equiparación de todos los ciudadanos en derechos y obligaciones. Sabiendo esto y que a la persona captiva se le trata como menos, se le trata como un objeto, una mercancía que genera ganancias y tiene un valor material para alguien más, es claro que no se ejerce su derecho a ser igual a los demás. La trata va también en contra del derecho de la paz, pues esta persona vive en constante abuso, el cual no la deja vivir en armonía. Y por último pero no menos importante atenta contra el derecho a la tolerancia ya que es un valor moral que implica el respeto íntegro hacia el otro, hacia sus creencias o acciones, independientemente de que no estés de acuerdo con el o sean distintas a las que tu practicas.
La trata de personas podría ser también un debate entre el egoísmo psicológico, y la dignidad humana. Ya que el egoísmo psicológico es una teoría basada en que la conducta del ser humano es impulsada por motivaciones auto interesadas, siendo eso los lujos, el dinero y el poder, contra en el cual el individuo solo piensa por sí mismo, piensa en su futuro y en lo bueno que podrían ser para el las consecuencias de un acto (Rachels, 2006). No importando la vida de los demás pues es un sentimiento de “yo antes que todos”, es así como piensan los delincuentes que infringen en este delito, siendo ésta también una contradicción al utilitarismo porque según el libro de Rachels, al decidir qué hacer, debemos, por tanto, preguntar qué curso de conducta promovería la mayor felicidad para todos aquellos que serán afectados. La moral requiere que hagamos lo que sea lo mejor desde ese punto de vista (Rachels, 2006). En la trata evidentemente no se busca la felicidad para todos los involucrados.
Por otra parte la trata de personas atenta contra la dignidad de las víctimas. En el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos humanos el término dignidad humana aparece explícitamente en tres artículos. De acuerdo con el artículo primero “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)”. Igualmente, de acuerdo con el artículo 22 “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a (...) la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”. Finalmente, el artículo 23 establece que “Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana (...)”. (Aguirre-Pabón, 2011)
Según Kant la dignidad es un valor intrínseco del ser humano, derivado del hecho de ser racionales, se debe respetar la autonomía propia y la de los demás, fomentar los fines ajenos y tratar a las personas como alguien absolutamente valioso y no como algo relativamente valioso. (Aguirre-Pabón, 2011) Kant hace énfasis en el valor de las personas, pues la dignidad humana se basa en eso, en este caso no es respetada por que se le pone un precio a la víctima, así como se le obliga a ser explotada numerosas veces a la semana y en muchos casos sin días de descanso. Se les humilla y trata como medios, tema que Kant reprueba y afirma que en virtud de la autonomía humana, que posibilita que seamos sujetos de la ley moral, los seres humanos somos los únicos seres de la naturaleza que no podríamos ser usados únicamente como medios. Como lo señala Kant, “In the whole of creation everything one wants and over which one has any power can also be used merely as a means” (5: 87). En este pasaje Kant afirma que ser un fin en sí mismo significa, en última instancia, que “such a being is not to be subjected to any purpose that is not possible in accordance with a law that could arise from the will of the affected subject himself ” (5: 87).  (Aguirre-Pabón, 2011) Ya teniendo las dos propuestas es fácil percibir la clara contradicción entre el egoísmo y la dignidad pues el primero no vela por el segundo, en su afán de buscar para el los mayores bienes posibles para uno mismo.
En el presente ensayo hemos analizado desde una perspectiva ética la trata de personas y como éste acto va en contra de los derechos humanos yendo así también en contra utilitarismo puesto que dice que el propósito de la moral es guiar las acciones de las personas de modo que produzcan un mundo mejor. Según la UNODC ya existen leyes que castigan éste delito en muchos países, pero creo que esta problemática no solo es responsabilidad del gobierno, sino de todos los ciudadanos porque los que piden el servicio de las personas son gente común y corriente ignorantes de lo que está sucediendo. Una solución para éste problema debería ser la concientización de todas las personas y posteriormente el actuar de todos en conjunto con nuestras comunidades para poder erradicar éste delito. Éste ensayo deja la enseñanza de que el actuar egoísta puede llevarnos a cometer actos violentos y en contra de los demás, pero Hobbes nos enseña cómo se puede actuar moralmente egoísta, mezclándolo con la racionalidad, pues según él, actuar moralmente quiere decir ser egoísta, pero racionalmente. Y dado que nuestras acciones afectan a otras personas, actuar racionalmente implica tener en cuenta a otras personas, actuar racionalmente implica tener en cuenta el bienestar de los demás (AA.VV., 2008).






Referencias
Aguirre-Pabón, J. O. DIGNIDAD, DERECHOS HUMANOS Y LA FILOSOFÍA PRÁCTICA DE KANT Vniversitas, núm. 123, (diciembre, 2011) pp. 45-74. Pontificia Universidad Javeriana. Bogotá, Colombia
Cardona Arias, J. D. Los derechos humanos: una reflexión desde la bioética. Revista Latinoamericana de Bioética, vol. 7, núm. (12 de junio, 2007), pp. 116-125. Universidad Militar Nueva Granada. Bogotá, Colombia
García, D. E. (2010). “Perversas formas de exclusión: la trata de personas como una nueva forma de esclavitud”, en Dora Elvira García, coord., Dignidad y exclusión. Retos y desafíos teórico-prácticos de los derechos humanos, México, Porrúa/UNESCO, pp. 67-100.
EL EGOÍSMO ÉTICO, AA.VV. Filosofía y Ciudadanía. Bachillerato. Editorial Almadraba. Madrid. (2008)
Rachels, J. (2006) Introduccióna la filosofía moral. México. FCE.
Ramírez, J. C. (s.f.) Derecho a la Libertad. Humanium. Recuperado de http://www.humanium.org/es/derecho-libertad/
Martin, A. (s.f.) Derecho a la Vida. Humanium. Recuperado de http://www.humanium.org/es/derecho-vida/
UNHCR ACNUR. Trata y tráfico de personas (2016).  Recuperado de http://www.acnur.org/t3/que-hace/proteccion/trata-y-trafico-de-personas/
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDC), Informe mundial sobre la trata de personas (febrero de 2009). Recuperado de http://www.unodc.org/unodc/en/human-trafficking/global-report-on-trafficking-in-persons.html.
Organización Internacional del Trabajo, Una alianza global contra el trabajo forzoso: informe mundial en el marco del seguimiento de la Declaración de la OIT sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo (2005). Recuperado de http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_norm/@declaration/documents/publication/wcms_081882.pdf.
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDC). La trata de personas: compraventa de seres humanos (s.f.). Recuperado de https://www.unodc.org/toc/es/crimes/human-trafficking.html
García González, D. E. (junio de 2014). En busca de una cultura de paz frente a la violencia: El caso de la trata de personas. Frontera Norte, vol. 26, núm. 51, pp. 181-190. El Colegio de la Frontera Norte, A.C. Tijuana, México
Word Reference. (2005), Paz. Recuperado de http://www.wordreference.com/definicion/paz
El Instituto para las Mujeres en la Migración, A.C. (IMUMI). Trata de Personas en México. (2013). Recuperado de http://www.imumi.org/index.php?option=com_content&view=article&id=24&Itemid=125

Real Academia Española de la Lengua. (2001). Diccionario de la lengua española  (22ª ed.). (2 vols.). Madrid: Espasa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario