Christopher Salvador Márquez Álvarez
Una
daga invisible: La piratería en la red
Abstact
Este artículo trata del
uso de contenido digital sin el consentimiento de su autor, conocido como piratería
de software. En este, se señalan las principales causas de este fenómeno, se
realiza un análisis ético sobre las razones que dan lugar a esta práctica, se
esclarecen alternativas como el software libre y se delibera sobre si la
piratería es un daño a los intereses del autor o una manifestación de la sociedad
en contra de las prácticas proteccionistas
de las grandes empresas.
Palabras clave: piratería, software, software libre, dignidad, persona,
trabajo, justicia, cuidado
Nuestra sociedad está
acostumbrada a ello, la piratería en Internet es algo relativamente nuevo, y
sumamente exitoso. La gente disfruta del entretenimiento que encuentra en los
nodos del ciberespacio, y los autores de estos materiales quedan en el olvido. Es
por esto que se puede afirmar que la descarga de software sin el consentimiento de su autor es una práctica que
afecta el bienestar del autor y es por tanto una práctica poco ética. A lo
largo de este texto se pueden encontrar los argumentos que giran en torno a
esta afirmación y como el contexto social y las teorías éticas tienen gran
influencia en el desarrollo de esta práctica.
Todas las personas
trabajan, es algo natural pues lo requieren para obtener los bienes que le
otorgan a los seres humanos la posibilidad de una vida digna. Sin embargo a
diferencia de las actividades laborales que tienen como resultado un producto o
servicio tangible, el trabajo digital pertenece a otra categoría. Cuando un
programador, diseñador o artista realiza su trabajo, su resultado termina en
una forma virtual o abstracta, es decir no existe fuera de nuestros ordenadores
o smartphones. Es en este sentido
cuando la gente menosprecia el trabajo de estas personas, ya que las personas
piensan que al descargar contenido sin haberlo comprado previamente no hacen
daño a nadie, después de todo solo es una copia. Pero esto es erróneo; las
personas que suben este contenido a la red con la intención de obtener
remuneración por su esfuerzo y dedicación, son privadas de esto. Es evidente
que al obtener este contenido por otros medios que no son pagar al autor por su
trabajo, se le priva al mismo que su trabajo le rinda frutos. Esto representa
un atentado contra la dignidad de la persona, ya que es parte de los Derechos
Humanos fundamentales el derecho a trabajar y a ser remunerado por ello (ONU,
1945, párr. 23).
Otro punto que destaca
es el de marcar una diferencia del trabajo de tipo digital y del trabajo
tangible que realizan las personas. La sociedad considera el robo como una
práctica indeseable y reprobable. Cuando en una comunidad se da una noticia, de
robo, la población arde de rabia y posiblemente exigirá que se le dé al
culpable el castigo correspondiente. Sin embargo, la piratería es una práctica
común y la sociedad no tiene mayor problema con ella. Es aquí cuando se puede
ver como las personas hacen diferencia entre el trabajo tangible y el que no lo
es. Al afirmar que el robar es incorrecto pero la piratería no es tan grave es
realizar discriminación contra las personas que realizan estas actividades en
el espacio digital, ya que se está haciendo menos el trabajo de estas personas
solo porque realizan trabajo de otra índole. Esto es otro atentado en contra de
los Derechos Humanos, ya que al hacer menos el trabajo de estas personas, los
estamos privando de la remuneración que merecen por la labor que han realizado
(ONU, 1945, párr. 2).
Otro aspecto por
considerar es la existencia del software libre. Este se considera más que como
un producto a vender, como una forma de la libertad de expresión. Así, el
software libre es aquel que no está limitado en términos de su distribución y
modificación, pues uno de los objetivos del software libre es su mejora
continua por miembros de la comunidad para que con el tiempo se mejore la calidad
del software y con lo mismo los beneficios que este trae al usuario (GNU, 2015,
párr. 1-4). Es en este contexto donde surge la relación con la piratería. La
piratería crea daño a los autores al negarle su justa remuneración por su
trabajo, mientras que el uso del software libre mejora su calidad y por ende
beneficia a las personas. Es en este contexto donde la ética del cuidado tiene
una fuerte entrada.
La ética del cuidado es
aquella que establece que las acciones del ser humano deberán estar encausadas en
pro del bienestar de la propia persona, de las otras personas, del medio
ambiente y de otras formas de vida que coexisten en su entorno (Rachels, 2007,
p. 245-263). Tomando este acercamiento de la teoría, la piratería solo
beneficia a un sector de la población, quienes son los que descargan el
contenido, quedando estos despreocupados del bienestar del autor. En este
sentido no hay un cuidado del “nosotros”, pues las personas cometen actos egoístas
en los que ni siquiera se considera que se causa daño a terceras personas. Y
esta puede ser precisamente la razón más importante de la existencia de la
piratería: que las personas no consideran como un acto de relevancia moral el
acto de la piratería, como se observa en un estudio realizado a alumnos de
distintas universidades sobre la moralidad envuelta en el acto de la piratería
(Husted, 2000, párr. 7).
Ahora se puede
profundizar el análisis con el contexto del software libre y la teoría del
cuidado. Si la intención ética de esta teoría es la de velar por el bienestar
de una comunidad amplia y diversa, pues el uso del software libre cumple esta
tarea con creces. Cuando la gente escoge utilizar el software libre, beneficia
a una comunidad en la que el desarrollo y la utilización de estos programas es
fundamental. Por otro lado el consumidor puede satisfacer sus propias
necesidades sin dañar las de los autores del software como producto de venta.
Así, al satisfacer las necesidades de un conjunto amplio y diverso de personas,
sin dañar los intereses de otras, se ejerce un buen ejercicio del cuidado, por
lo que el uso del software libre, aunado a las ventajas sociales y económicas
que este implica y tomando en consideración la rigidez del sistema en cómo se distribuye
el software comercial (Rodríguez, 2015, p. 3), es una buena alternativa a la
práctica de la piratería.
Por otro lado, existen
otros argumentos que pudieran defender la postura de las personas que practican
la piratería. El primero de ellos aparece como el argumento principal de la
teoría del relativismo cultural, el argumento de las diferencias culturales.
Este establece que como cada cultura tiene su propia moral, no existe lo
correcto o incorrecto, sino solo diferentes prácticas (Rachels, 2007, 37-61).
La dimensión cultural de nuestro país es diversa y amplia. Incluso cuando en
nuestro país existen leyes y tratados en los cuales está penalizada la práctica
de la piratería, la realidad de los intereses de la sociedad es muy diferente.
Kingston establece que los derechos de propiedad intelectual solo sirven para
proteger a empresas ya establecidas en un mercado para asegurar aún más su
éxito en términos económicos (Kingston en G. Aguiar, 2010, p. 149). En el
contexto mexicano, esta es una visión que comparten aquellos que están en
desacuerdo con las restricciones de propiedad intelectual. Considerando lo
anterior es evidente por qué en México la piratería no es una falta grave, sino
se ve como una manifestación en contra de la injusticia de las corporaciones de
hacerse más ricas con la autoprotección que les generan todas estas leyes.
Si se vuelve al tema
del software libre, hay otra razón por la que este se prefiere frente al
software comercial. La capacidad de compartir este software. Cuando una persona
adquiere un producto habiendo pagado por ello, es libre de hacer con este lo
que le plazca, después de todo ahora es de su propiedad. Sin embargo, con el
software es otra historia. Al momento de comprar un programa, este viene con
una serie de restricciones como que se limite su uso a un solo ordenador; ni hablar
de que el programa se preste a un amigo,
pues no hay mecanismos que lo permitan. Así como se observa en el texto de
Phillip: “Los activistas que defienden a la
comunidad electrónica contra la privatización corporativa,
buscan exitosamente cimentar un consenso futuro sobre la base de la exclusión
de la “mala” copia, distinguiendo entre compartir ilegalmente y hacerlo legal y
creativamente” (Phillip, 2008, p. 73). Así, es recalcable que es
diferente la piratería y un préstamo del contenido, y por la legislación
prohibir el segundo por considerarlo no diferente del primero, las personas no
tienen más opción que incurrir en la piratería como un acto de desobediencia
civil.
Otra postura que justifica la acción de la piratería
se puede encontrar en otro texto de Rachel, el cual se llama el argumento de
los beneficios. Establece que si se puede llevar un bien a una mayor cantidad
de personas sin causarles perjuicios a otras, es una buena acción (Rachels,
2007, p. 15-36). Este argumento pertenece a la dimensión ética del
utilitarismo, aquella que busca por producir la mayor cantidad de bienestar
posible. Con esta perspectiva, se puede observar que al realizar la piratería,
el autor no pierde dinero, sino solo deja de ganarlo. Así no se le está
cometiendo un perjuicio a esta persona. Además, al permitir esta práctica, le
permite a la población obtener entretenimiento y herramientas para mejorar su
calidad de vida.
El tema siempre ha sido debatible. El software no es
la única víctima de la piratería, aunque en los tiempos recientes ha sido la
más afectada. Para poder encontrar un veredicto es necesario buscar por el
punto medio que beneficie a ambas partes, con tal de que estas puedan llegar a un
acuerdo. Entre los argumentos de más peso se pudieron encontrar la legitimidad
del trabajo abstracto y la desobediencia civil en contra del proteccionismo de
las grandes empresas. Por un lado si bien si tiene un gran impacto la piratería
en el bolsillo de los autores, al final del día son muchas las personas que
desean acceder a tal o cual medio y que, sus condiciones económicas no se los
permiten. Por el otro lado aun cuando las grandes empresas utilicen a propósito
los derechos de autor para defender su contenido, no todo el contenido viene de
grandes empresas, y la piratería no tiene filtros en su lente, ataca a todos
por igual. Es por esto que se tienen que considerar ambas caras de la moneda y cuando
se hace, surge una solución casi evidente que, bien ejecutada, dejaría a ambas
partes con un buen sabor de boca. Del lado de las empresas y autores de
software, es pertinente que reduzcan el precio de sus productos para que esto les
permita alcanzar un mercado más heterogéneo económicamente. Esto es un
movimiento inteligente, pues a la par que se permite el acceso al contenido de
manera legal a una mayor cantidad de personas, el número de clientes de la
empresa se incrementa al mismo ritmo, a la vez que mejora la imagen de la misma
empresa frente al público. Aún con esta medida, es posible que todavía se
encuentren personas que no quieren invertir sus ganancias en algo que
consideran no las merece. Para ellas, el software libre es una buena opción,
pues representa todas aquellas funciones que las personas desean utilizar sin
los contratos y políticas sin sentido que estas personas repudian. Al hacer uso
de este, se beneficia a la misma industria, que deberá ser más competitiva
tanto en precio como en contenido para encontrar un lugar en el mercado, y así
el ciclo comienza nuevamente.
Tomará tiempo que la sociedad se informe de estos
sucesos y su relevancia moral y ética. Sin embargo, con solo haber despertado
la conciencia de las personas y que estas puedan ver a la piratería más allá de
conseguir software sin pagar porque la sociedad dice que está bien, entonces se
estará un paso más cerca de tener una comunidad dónde la moral y la ética de
las personas este basada un poco más en su propio razonamiento de lo correcto
que en normas que la sociedad ha impuesto por años, y que solo se cuestionan cuando
el tema pasa de moda. Al final, la sociedad se constituye por todas las
personas que la habitan, las cuales tienen necesidades y aspiraciones. En la
medida que estas se puedan satisfacer y cumplir, es qué tan cerca se estará de
legendaria y anhelada utopía.
Referencias
básicas
Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía
moral. México: Fondo de Cultura
Económica.
Phillip, K. (2008). ¿Qué es la autoría tecnológica? La piratería y la
propiedad intelectual. Nómadas (Col), (28) 66-81. Recuperado de
http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=105116292007
Rodríguez,
G., Vidrio, S. (2015). El Dilema de la
Piratería de Software: Cuestión de Ética. Recuperado de
http://docente.ucol.mx/juancont/documentos/cap02/4.pdf
G.
Aguiar, J. C. (2010). La piratería como conflicto. Discursos sobre la propiedad
intelectual en México. Iconos. Revista de Ciencias Sociales, (38) 143-156.
Recuperado de
http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=50918282012
Husted,
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Business Ethics, 26(3), 197-211. Recuperado de http://0-search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/198104558?accountid=11643
Referencias
complementarias
Organización
de las Naciones Unidas. (1945). Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Recuperado de
http://www.un.org/es/documents/udhr/
GNU. (2015) ¿Qué es el software libre? Recuperado
de http://www.gnu.org/philosophy/free-sw.es.html
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