miércoles, 27 de noviembre de 2019

Balance ético entre los derechos individuales/sociales de los empleados y los intereses de la empresa-Sofía Archundia A01227489

Balance ético entre los derechos individuales/sociales de los empleados y los intereses de la empresa

Hoy en día podemos encontrar un dilema ético en el momento que nos ponemos a pensar si dentro de los espacios laborales se respetan los derechos individuales/sociales al brindar un trabajo digno y decente, o si las empresas optan por ver por sus propios intereses. Se crea una guerra entre el trabajador por no tener un trabajo digno y la empresa por no dárselo. Dentro de la Ley Federal de Trabajo, el Artículo Nº 2 dice que “las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones” y el Artículo Nº 3 menciona que “el trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia” (2012). Este último justifica el respeto que se busca dentro de un espacio laboral al evitar el hostigamiento con conductas verbales, físicas o ambas y el acoso sexual en forma de violencia donde exista riesgo y no poder de defensa para la victima.
Trabajo digno se puede entender como el respeto pleno de la dignidad humana del trabajador, en el cual no existe discriminación de ningún tipo, se tiene acceso a la seguridad social, se percibe un salario justo y remunerado según sus actividades, se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad para prevenir riesgos de vida. También incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, derecho a la huelga y contratación colectiva. Otro tema que se desprende al recibir un trabajo digno es la eliminación de la discriminación contra las mujeres o la anulación de reconocimiento por el hecho de ser mujeres (Pérez, J. 2016).
La finalidad de este texto es encontrar un balance ético defendiendo los derechos sociales de los trabajadores dentro del sistema laboral. En el estudio “Diagnóstico del Derecho al Trabajo” del Coneval (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social) realizado en el 2016, se encontró como resultado que 60 de cada 100 habitantes aseguran que no han escuchado sobre sus derechos sociales y el 95 de cada 100 desconocen su derecho al trabajo digno (García, A.K. 2018). Se puede decir que la mayoría de la población desconoce acerca de sus derechos sociales, muchos de ellos creen que sus únicos derechos son la salud, educación y alimentación de calidad.

Key Words: Desigualdad salarial, dignidad de la persona, empleo informal, derechos humanos, desigualdad de género, autonomía, responsabilidad, valor intrínseco.

Teniendo la certeza de que una gran cantidad de personas pertenecientes a la población mexicana no tienen conocimiento de que tienen el derecho a tener un trabajo digno, podemos comenzar por describir las diferentes problemáticas que presentan en consecuencia a esto en las diferentes organizaciones que hay en el país, por consiguiente, el cómo deberían de ser eludidas con el buen uso de las disciplinas éticas. Al pensar en la preocupación que se tiene por parte de diferentes instituciones que realizan estudios acerca del respeto de los derechos sociales que tiene cada individuo, nace la relación con la ética del cuidado. Alejandra Alvarado en su artículo de “La ética del cuidado”, define el concepto como “la comprensión del mundo como una red de relaciones en la que nos sentimos inmersos, y de donde surge un reconocimiento de la responsabilidad hacia los otros. Para ella, el compromiso hacia los demás se entiende como una acción en forma de ayuda. Una persona tiene el deber de ayudar a los demás; si vemos una necesidad, nos sentimos obligadas a procurar que se resuelva” (2004). Es entonces el motivo por el cual se entiende la interacción y el contacto moral entre dos personas y se busca compartir una relación humana en donde exista un intercambio de preocupación entre individuos.
Con el fin de justificar con paradigmas éticos el derecho social al trabajo digno/decente podemos comenzar por citar a Kant, quién en su teoría Kantiana nos menciona que todos los seres humanos deben de ser tratados como fines y no como medios, siempre procurando su dignidad y respeto a sus derechos individuales. Al tener un trabajo digno estamos hablando del respeto de la dignidad humana de los trabajadores al pensar que todas las personas tienen un valor inherente y merecen respeto por el simple hecho de ser personas.
            Entre los temas principales que se abordan dentro del derecho a un trabajo digno, encontramos la eliminación de la discriminación, en donde no haya exclusión hacia alguna persona por su género, edad, orientación sexual, origen técnico, entre otros. Hablando de la cuestión de discriminación, María Taide Garza autora del artículo “Establecer compromisos éticos a favor de la equidad de género y la no discriminación en la impartición del conocimiento y la práctica docente” destaca que la discriminación en el sistema laboral se enfoca mayoritariamente en el tema de diferencias de género, en donde se podría evitar si el sistema educativo se implementara diferentes prácticas como el dirigirnos a las personas como “personas” o “seres humanos y no como “hombres” o hacer mención explicita de ambos sexos” (2017. Pág. 75). El impartir este tipo de iniciativas en las instituciones logrará que las próximas generaciones, que se integren al sistema laboral, crezcan con principios y valores que los ayuden a identificar la manera correcta de hacer las cosas, siendo seres racionales. En la teoría Aristotélica, la ética de la virtud, se dice que una acción se mide por la plenitud del ser o su defecto, las acciones se definen como buenas o mala si se llevan o no a la plenitud de la persona que se lo cuestiona y eso dependerá de su racionalidad (Buganza, J. 2017. Pág 59). Es en donde yace la importancia de generar un buen sistema de educación para logar cumplir con esta plenitud al momento de tomar una decisión a lo largo de la vida.
            Conforme a la desigualdad en los salarios y remuneraciones justas se puede decir que en la actualidad seguimos viviendo en un país donde la desigualdad salarial está por el tope, sigue existiendo un conflicto entre las diferencias de salarios, entre un puesto u otro o bien entre un género y otro. Esto atrae consecuencias como la falta de cumplimiento de algunos derechos, por consiguiente, los individuos viven en condiciones no deseadas. De acuerdo con Reyna Elizabeth, David Castro y Montserrat Mendoza, en su artículo “La desigualdad salarial y trabajo informal en regiones de México” menciona que la desigualdad invade a las personas y les pone obstáculos donde les es difícil tener acceso a la educación, la salud, los servicios públicos, entre otros temas (2019. Pág. 07). Es por eso por lo que se vuelve un dilema ético en el momento que existe una falta de respeto hacia la dignidad de la persona al no hacer valer sus derechos. Kant, autor de la teoría Kantiana, menciona que “el estatus de ser fin en sí mismo y portador de dignidad, le corresponde en igual medida (es decir, absoluta) a todas las personas suficientemente racionales en sentido práctico, es decir, que dispongan de “razón humana ordinaria” (Gutmann Thomas, 2017). Por tal motivo, es importante identificar a las personas como seres intrínsecos. En resultado de esto, cada individuo debería de recibir un salario justo para satisfacer las justas exigencias de cada persona.
Discutiendo el tema de la protección hacia las mujeres en términos de acoso sexual, hostigamiento, u ambas, volviéndose un tema ilegal. Hablamos nuevamente de la diferencia que sigue existiendo en la actualidad conforme a los diferentes géneros. Mercedes Zúñiga en su artículo “Trabajo, trabajadoras y cultura organizacional. Entre el mobbing y el acoso sexual” nos habla acerca de como debemos de comprender la violencia que viven las mujeres en el trabajo, nos dice que para poder entenderlo es necesario entender el sistema social en el que nos involucramos. Seguimos viviendo en una sociedad machista en donde el acoso laboral nace por vivir en una entidad laboral sexista y que utiliza la violencia para el provecho mismo. “A pesar de que las mujeres no dejan de incrementar su presencia en el mundo del trabajo asalariado, siguen considerándolas “fuera de lugar”. Se les humilla y maltrata porque son tratadas como objetos que pueden ser usados y desechados” (Zuñiga, M. 2017, pág. 07).  El tema de las mujeres en diferentes teorías éticas se vuelve contradictorio ya que en el palabrerío universal se dice que todas las personas deben de recibir la misma consideración moral independientemente de su sexo, sin embargo, autores como Aristóteles, siguen pintando a la mujer como el ser que debe servir a sus esposos solamente y no verse por si mismas. (Jaggar, A. 2014). En la actualidad ya se han desarrollado diferentes soluciones para erradicar este problema, entre las principales encontramos: la creación de políticas y regímenes contra el acoso sexual, llevar acabo actividades de sensibilización en donde se reparta información sobre los actos, organizar campañas, tener un procedimiento para investigar las quejas de las personas acosadas, nombrar diferentes personas de “confianza” para tratar las quejas de los trabajadores, entre otras.
Es palpable como en la sociedad que vivimos ha intentado crear una cultura de sensibilidad social, en donde día con día se respeten los derechos de cada uno de los individuos que son parte de esta. Sin embargo, podemos decir que es evidente que aún los resultados no son los esperados. Dentro del texto se abordaron temas como el trabajo decente, en el cual, se resalta que todos merecemos el principio de autonomía, en donde se respete el derecho a la libertad, por lo tanto, no debemos de ser afectados por decisiones de otros. Por otro lado, volvemos a resaltar la teoría de Kant, en el tema de la desigualdad de los salarios, donde se busca respetar el valor de la persona por igual, por el simple hecho de ser persona, por lo tanto, cada individuo merece justas exigencias para hacer valer sus derechos. Entrando a la ética de la virtud, concluimos que la discriminación de género es provocada por los diferentes ideales y principios que se les enseña a las personas a lo largo de sus vidas. Por lo tanto, su nivel de plenitud al cometer algún acto es diferente al de una persona con diferentes convicciones. Por último, se encontró una contradicción de las teorías éticas hacia el tema del acoso a las mujeres en las organizaciones, donde, autores como Aristóteles, describen a la mujer como: el ser que debe de servir a su esposo. No obstante, en la actualidad han existido diferentes soluciones para modificar dichas creencias, en las cuales, se ha hecho valer a la mujer por el simple hecho de ser mujer y se ha demostrado como las mujeres no son menos capaces que los hombres. Es importante mandar un mensaje de optimismo en donde se motive a las personas a seguir las exigencias que mandan las leyes o bien las diferentes organizaciones que se han reunido a erradicar estos problemas.


Referencias

Científicas:

Alvarado, A. (Marzo 30, 2004). La ética del cuidado. Vol. 4. Recuperado de http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1657-59972004000100005

Buganza, J. (Junio, 2017). La ética de la virtud y su lugar en la teoría ética. Estudios de filosofía. Recuperado de http://www.scielo.org.co/pdf/ef/n55/0121-3628-ef-55-00054.pdf

Garza, M. (2017). Establecer compromisos éticos a favor de la equidad de género y la no discriminación en la impartición del conocimiento y la práctica docente. Revista Internacional de Ciencias Sociales y Humanidades, SOCIOTAM. México: Universidad de Tamaulipas. Recuperado de

Gutmann, T. (Noviembre 22, 2017). Estudios de Filosofía: Dignidad y autonomía. Reflexiones sobre la tradición kantiana. Recuperado de
https://www.redalyc.org/jatsRepo/3798/379859422011/html/index.html

Zúñiga, M. (2017). Trabajo, trabajadoras y cultura organizacional. Entre el mobbing y el acoso sexual. México: El Cotidiano. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=32553518009

Pérez, J. (2016). Derechos laborales: una mirada al derecho a la calidad de vida en el trabajo. Recuperado de
https://www.redalyc.org/jatsRepo/104/10446094004/html/index.html



No científicas:

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (Abril 09, 2012). Ley Federal del Trabajo. Recuperado de
https://www.senado.gob.mx/comisiones/desarrollo_social/docs/marco/Ley_FT.pdf

García, A.K. (Diciembre 26, 2018). El Economista: Derecho al trabajo digno, el más desconocido de los derechos sociales: Coneval. Recuperado de  https://www.eleconomista.com.mx/politica/Derecho-al-trabajo-digno-el-mas-desconocido-de-los-derechos-sociales-Coneval-20181226-0015.html

Jaggar, A. (Abril, 2014). Ética feminista. Vol. 49. Recuperado de https://www.elsevier.es/es-revista-debate-feminista-378-articulo-etica-feminista-S0188947816300020

2 comentarios:

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