miércoles, 27 de noviembre de 2019

¿Qué creemos que es la privacidad?

Rodrigo Cerda Hernández
A01221725

¿Qué creemos que es la privacidad?

En este ensayo se hablará sobre la privacidad con el objetivo de hacer conciencia sobre los comportamientos que se tienen al hacer uso de los datos personales en línea, sobre todo en redes sociales. Se presentará el tema basándose en el uso que se les da a los teléfonos móviles, en el comportamiento que se tiene dentro de las redes sociales, la difusión de información personal, y la protección de la información en el ámbito laboral.
Esta situación presenta un dilema ético debido al mal uso que se le puede dar a la información en línea, poniendo en riesgo la seguridad e integridad de las personas. Una publicación en alguna red social puede afectar tanto el desarrollo de uno mismo, como de otras personas, a veces inconscientemente, dependiendo del contenido y forma en que se presenta. Es importante analizar los comportamientos que se pueden presentar en redes sociales, así como conocer los riesgos que pueden tener.
            “La inmensa cantidad de datos que transitan por las ‘superautopistas de la información’ nos hacen en muchas ocasiones, la vida más fácil para quienes necesitamos información al momento” (Flores & Salinas, 2010), sin embargo, es necesario el análisis ético dentro de las políticas globales que implican a los usuarios. La responsabilidad social de la prensa va en aumento ya que son estos profesionales quienes deben decidir que información puede ser compartida y luchar contra la idea generalizada de que todo vale en el internet; pero la responsabilidad no cae solo en las organizaciones dedicadas a informar, si no que esa responsabilidad es de todos los usuarios de las redes, con ellos mismos y con el entorno que los rodea.


Palabras Clave
Plataforma, privacidad, privacidad, compartir, dispositivo, protección, dignidad, responsabilidad.
En la actualidad existen múltiples herramientas de comunicación, como son las redes sociales. La mayoría de sus usuarios ni siquiera lee sus términos y condiciones, sin embargo, al aceptarlas damos el consentimiento de usar nuestra información como plazca a los dueños de la plataforma. Desde la creación de una cuenta en estas plataformas, se proporciona información personal que va desde nuestro nombre hasta nuestros intereses, que probablemente ninguna persona considerada cercana conoce. 
            En ocasiones, las personas aprovechan las plataformas digitales para crear una vida distinta, es decir, mostrar un estilo de vida diferente para hacer creer a los demás que viven lo que todos desean. Existen plataformas llamadas cibermundos(como Second Life) en los cuales se puede crear un avatar o personaje ficticio con el cual se identifican y representar lo que quieren ser o hacer dentro de esos espacios.
Esto quiere decir que estamos compartiendo información inconscientemente al aceptar servicios sin conocer a fondo sus objetivos y la forma en que funcionan. Existe la creencia de que este problema puede ser solucionado eliminando el contenido que hemos compartido, sin embargo, se crean respaldos automáticamente y se agrega esta información a las bases de datos para luego ser utilizada, mientras que la justificación de los dueños de las plataformas es que lo hacen para mejorar la experiencia y la calidad del servicio.
            A pesar de que los usuarios se preocupan cada vez más por la violación de su privacidad, en ocasiones las redes se utilizan para compartir momentos graciosos, selfies, o incluso contenido sexual, que puede ser usado para fines que atenten la seguridad de otros. Aunque en algunas redes sociales se puede visualizar el contenido solo por cierta cantidad de tiempo, nada nos asegura que no está siendo almacenado dentro de los servidores de compañía creadora de la red.
            Los usuarios de las distintas plataformas digitales suelen tener la confusión o el miedo de no saber si existen leyes o derechos que nos ayuden a evitar y protegernos de la violación de la privacidad, o incluso si los mismos productores de los dispositivos digitales o las mismas plataformas tienen mecanismo de protección, además de generalmente usar cierta información compartido para sus propios fines de investigación o mejorar la experiencia, como se mencionó antes.
En esta era tecnológica puede ser confuso actuar, sobre todo en el tema de las redes sociales donde las personas comparten imágenes o videos propios, y como menciona el egoísmo ético: “cada persona debe hacer aquello que mejor promueva sus propios intereses” (Rachels, 2006, p. 266), sin embargo, no todos los usuarios están capacitados para discernir qué material personal es apto para su divulgación. Como Rauzzino y Correa (2017, p. 130) exponen: los adolescentes no tienen límites claros sobre que debería ser público o que debería ser privado en sus redes sociales.
Las plataformas que utilizamos generalmente incluyen como requisito obligatorio aceptar términos y condiciones específicos. Esto representa un atentado contra nuestra dignidad según la conceptualización kantiana, que la considera un valor intrínseco de los seres humanos que les permite tomar sus propias decisiones y guiar su conducta por medio de la razón (Rachels, 2006, p. 206). Claramente, el usuario está en libertad de aceptar y utilizar la herramienta de comunicación, pero ¿por qué tiene que haber consecuencias? 
Al hablar de la protección a la privacidad, en donde entran organismos externos a las mismas plataformas y usuarios, hasta qué punto podrían actuar para que no se utilice la información con fines distintos a los que quieren los propietarios. Según Hobbes, este tipo de actitudes de “robo” de información es un fallo de la moral, ya que no cumple con esas reglas de respeto hacia los usuarios y su propiedad.
A pesar de que puede ser visto desde una lógica utilitarista, donde se considera un costo bajo esa violación a la privacidad a comparación del beneficio que aporta, e incluso los usuarios aceptan, con el fin de estar “conectados”, pero analizando desde el punto de vista de Hobbes, sin estos mecanismos que hacen cumplir las reglas todos estarían en libertad de hacer lo que quisieran y no se podría garantizar que no se dañen entre sí. De acuerdo con Hobbes y su idea de un contrato social, las personas “deben poder confiar en que tanto ellos como los demás respetarán sus acuerdos” (Rachels, 2006, p. 223). 
Este último enunciado es efectivo en cuestión de la prensa, donde se le pide al periodista que sea fiel a su conciencia individual y profesional, aunque también es obligado a respetar ciertos principios de interés público, que al final, en definitiva, son intereses oficiales de la clase política (Flores y Salinas, 2010, p. 134).
Como se menciona anteriormente, el usuario comparte información para su perfil, es decir, para esa página que indica quién es como usuario dependiendo la plataforma; este comportamiento incluye la creencia de los usuarios que la privacidad depende de su habilidad propia del uso de su dispositivo y del contenido que es grabado o compartido en internet (Serrano, 2018, p. 824). Al analizar estas actitudes por parte de los usuarios, llego al cuestionamiento del por qué las plataformas que fueron creadas con el fin de permitir a los usuarios compartir y conectarse con sus amigos, son las mismas que violan la privacidad; ¿está mal lo que hacen? Legalmente no, pero al hacerlo exhiben a los usuarios, y aunque en los términos y condiciones dan su autorización para el manejo de sus datos, puede poner en riesgo su dignidad. “Hoy, la privacidad de nuestros datos está interconectada. Su violación puede ser imprevisible y adquiere una dimensión colectiva. Preservar la privacidad en este escenario es complicado, es algo que trasciende las capacidades y los conocimientos de los individuos” (Suárez, 2017, p. 289).
            Para mí, es innecesario aparentar una vida distinta en redes sociales, sin embargo, no todas las personas viven la misma realidad. Hay quienes quieren más, o simplemente necesitan aparentarlo para ser aceptados en el entorno, y en ocasiones, como expone Márquez (2014, p. 127): “es fácil pasar por alto el hecho que detrás de los avatares hay siempre personas reales que tienen sentimientos y derechos”, y al ser descubiertos se les llega a agredir física y emocionalmente, cuando en realidad no existe motivo alguno para hacerlo. Su mentira, su problema.
            Existen publicaciones que exhiben tanto animales como personas, y probablemente algunas personas lo encuentren agradable o divertido, sin embargo, mientras la persona involucrada no dé el permiso explícito, aunque el contenido no viole las políticas de convivencias del entorno o plataforma, no debería ser publicado, ya que, entre otras cosas, puede fomentar el morbo.
            “La colaboración entre las áreas jurídicas, tecnológicas y empresariales posibilita la emisión de certificaciones de confianza” (Sánchez, López y Martínez, 2015, p. 65). ¿Hasta que punto podrían estos certificados garantizar la seguridad que la dignidad de todos será protegida?

Como conclusión, es importante hacer conciencia al hablar del tema de la privacidad. Es un tema al que no se le da la importancia debida, sobre todo cuando está relacionado al mundo digital, como las redes sociales. Se tiene información sobre la privacidad y la violación de esta, pero se toma a la ligera.
            Es necesaria la reflexión sobre el contenido que se comparte, ya que son, al menos, los propietarios y desarrolladores de las plataformas quienes también tendrán acceso a esa información y quienes la podrán utilizar de acuerdo con sus objetivos. Este tema tiene gran impacto en la ética, no tanto como usuario que comparte su información, sino como plataforma que recibe los permisos para utilizar esa información a su gusto, aunque en ocasiones no es de agrado para quien la proporcionó. Al mismo tiempo, podríamos estar atentando en contra de otras personas al involucrarlas sin su consentimiento en alguna publicación.
            Ya que existe información nociva para la sociedad, se debe reflexionar si podemos causar algún daño a las personas; intentar ver la situación desde distintos puntos de vista para intentar medir consecuencias, por ejemplo, del punto de vista utilitarista, asegurarnos que nuestros actos y la difusión de nuestra información sea en beneficio para la mayor cantidad de personas posibles, mientras que del punto de vista de Kant y de Hobbes debemos garantizar el no causar daño a nadie y proteger la dignidad de los demás.
            La prensa tiene acuerdos, o mecanismos, para difundir la información de la mejor manera, y como dicta el contrato social: “la gente debe estar de acuerdo en que se establezcan reglas para gobernar las relaciones mutuas, y convenir en que se establezca una agencia, el Estado, con el poder necesario para hacer que se cumplan esas reglas” (Rachels, 2006, p. 223); de la misma forma, todos los pertenecientes a la sociedad deben respetar estos acuerdos al querer hacer alguna publicación en línea, no solo por cumplir las reglas, si no que nuestras acciones se podrían plantear en un enfoque de la ética del cuidado donde “la vida ética incluye tanto las relaciones personales afectivas como una preocupación benévola por la gente en general” (Rachels, 2006, p. 159).

Referencias

Antonietta Rauzzino, J. C. (2017). Millenials sex differences on Snapchat perceived privacy. Suma Psicológica, 129-134.
Recuperado de: http://0-eds.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/detail/detail?vid=0&sid=58fb070b-7ef2-4775-93e5-82dcb01532e8%40sdc-v-sessmgr01&bdata=JnNpdGU9ZWRzLWxpdmU%3d#AN=S0121438117300231&db=edselp
Flores, J. M., & Salinas, C. (2010). Reflexiones sobre la responsabilidad ética de ciberperiodistas y medios en Internet. Revista de Comunicación, 133-149.
Recuperado de: http://0-eds.b.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/pdfviewer/pdfviewer?vid=1&sid=f76d7fd9-ba90-4603-ae96-f5c493d06fd3%40pdc-v-sessmgr02
Márquez, I. (2014). Ética de la investigación etnográfica en los cibermundos. Anthropologica, 111-135.
            Recuperado de: http://0-eds.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/detail/detail?vid=0&sid=4ec0b74e-2c0c-4dde-9910-097de1986a63%40sdc-v-sessmgr02&bdata=JnNpdGU9ZWRzLWxpdmU%3d#AN=115871584&db=zbh
Rachels, J. (2006). Introducción a la filosofía moral.Fondo de Cultura Económica.
Sanchez, J. A., López, L., & Martínez, J. (2015). Solución para garantizar la privacidad en internet de las cosas. El profesional de la información, 62-70.
Recuperado de: http://0-eds.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/detail/detail?vid=0&sid=d8ae26ce-469f-448e-9b34-099b6b4050fa%40sessionmgr4006&bdata=JnNpdGU9ZWRzLWxpdmU%3d#AN=101662211&db=zbh
Serrano, A. (2018). Cómo gestionan los usuarios sus dispositivos móviles y su privacidad. El profesional de la información, 822-829.
Recuperado de: http://0-eds.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/detail/detail?vid=0&sid=948c3d52-f602-466e-9ee5-73351ba76e1b%40sessionmgr4006&bdata=JnNpdGU9ZWRzLWxpdmU%3d#AN=132074947&db=zbh
Suárez, S. (2017). Big Social Data: límites del modelo notice and choice para la protección de la privacidad. El profesional de la información, 283-292.
Recuperado de: http://0-eds.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx/eds/detail/detail?vid=0&sid=527642c4-4421-49c2-b9e8-586213b324a3%40sessionmgr4007&bdata=JnNpdGU9ZWRzLWxpdmU%3d#AN=122338533&db=zbh



1 comentario:

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