jueves, 4 de julio de 2013

¿Ser madre, un derecho de todos?

Juan Ignacio Mandujano Sánchez
 
Abstract:  El propósito del siguiente ensayo es dar una idea al lector sobre las repercusiones éticas, morales y legales que puede tener el optar por procrear un hijo mediante el método del “vientre de alquiler”. Este método consiste en implantar los gametos (espermatozoides y óvulos) dentro del útero de otra persona debido a que los donadores no pueden quedar embarazados por los métodos tradicionales. Se lleva acabo bajo un contrato en donde se especifica que al termino del embarazo el bebé pasará a manos de los donadores. A la persona que rentó su vientre se le otorga una remuneración económica. Se abordarán temas como lo son el significado de ser madre visto desde distintos puntos de vista, el contrato social el cual nos explica los pormenores de realizar un contrato de este tipo y las repercusiones que tiene el quebrantarlo, el papel que juegan los sentimientos de ambas partes al momento de entregar al bebé y los posibles escenarios en los cuales las personas pudieran a llegar a ser utilizadas como medios para el fin de otros. Se llega a la conclusión que se debe de apegar al contrato social debido a que este representa un compromiso para con las personas involucradas en él como para la sociedad, ya que, al quebrantarlo se da pie a incumplir otro tipo de contratos pudiendo traer serias consecuencias.

Palabras clave:

·         Contrato       
·         Sentimientos
·         Vientre de alquiler 
·         Legalidad
·         Madre biológica
·         Madre social
·         Persona


Desarrollo:
El ser madre , es considerado por la mayoría de las  personas como una de las cosas más bellas de este mundo. Pero, ¿El ser madre es para todos? ¿Pueden ser madres aquellas personas que por cuestiones de la biología no pueden procrear de manera “tradicional” a un hijo? Estas preguntas pueden tener más de una respuesta en donde no solo la procreación tradicional es el único método para poder llegar a serlo.

Pongamos un caso en particular para poder explicar que significa el “ser padre”. La pareja Martínez  lleva 6 años tratando de ser padres de manera tradicional, han probado todos los métodos de fertilización artificial disponibles en el mercado. La Sra. Martínez por cuestiones médicas es considerada estéril al no tener un ambiente adecuado para la procreación. No consideran la adopción debido a que quieren  tener un hijo que “lleve sus genes “.  La mejor amiga de la Sra. Martínez le informa que hay un método para procrear el cual consiste en inseminar a otra persona con el óvulo y los espermatozoides  de la pareja. Le explica que esta práctica es conocida como “vientre de alquiler” en donde bajo un contrato se ponen de acuerdo tanto la pareja Martínez como la mujer que “alquilará” el vientre. En ese contrato se estipulan los lineamientos a seguir como son: alimentación de la madre gestante, remuneración económica que se le pagará a la madre que “alquile su vientre”, entre otros. A la señora Martínez le parece una excelente idea ya que se cumpliría su sueño de ser madre y formar una familia junto a su esposo.

Al llegar a su casa le cuenta al Sr. Martínez y este acepta y se procede a buscar a la persona que alquilará el vientre. Encuentran a una joven llamada Rita de 29 años, que acepta alquilar su vientre a cambio de una fuerte suma de dinero, los señores Martínez aceptan y se realiza el contrato en donde se estipula que al momento de que el hijo nazca , Rita dejará de tener contacto alguno con el hijo. Al octavo mes de gestación Rita decide no entregar al hijo al considerar ella es la madre legítima.

El ser madre

Primero que nada es necesario definir qué significa “ser madre”.  De acuerdo con Israël Nisand, ser madre no es ni la que gesta el niño o la que aporta el material genético, ya que la única que es verdadera madre es la que “adopta psíquicamente” al niño. (Nisand, 2012, p.77-83). Esto significa que no importa quién haya parido al niño o quién haya aportado su espermatozoide o su óvulo, sino que los verdaderos padres son aquellos que le dan al niño cariño, amor, lo aceptan y  lo incluyen en una familia o sociedad.  Pero, ¿Qué pasa cuando la persona  que proporciona su vientre para que se forme un nuevo ser considera también que puede ser la “madre” como lo define Nisand?¿No acaso también tendría el derecho de ser aquella persona que adopte “psíquicamente al niño”?.
De acuerdo con López-Moratalla, pueden existir más de un tipo de padre ya que tenemos a los padres biológicos que son los que aportan el material genético para la procreación y  los padres sociales que son los que hacen las funciones de padres pero que no son los que aportaron el material genético dejando la posibilidad de hasta 5 “padres involucrados” si consideramos a la mujer que alquila su vientre como diferente a la que aporta el material genético (López-Moratalla, 2010p.136). Entonces ¿Qué padre tiene mayor importancia al momento de decidir quién se quedará con el bebé: los padres biológicos, los padres sociales o la madre que alquila su vientre? Queda claro que se necesita algo más que nos indique quiénes son los que merecen o tienen el derecho de quedarse con el bebé.

A mi parecer, el ser madre no sólo tiene que ver con quién gesta al niño, sino que va más allá de un simple proceso biológico. El ser madre también es entregarse al 100% a ese nuevo ser que viene al mundo dándole cariño, estando ahí para y con él en todo momento.
El ser madre se podría comparar con ser "el guía de la vida" para esa persona que está en vías de formarse como tal.



El contrato de alquiler

“Se reclama el reconocimiento de un derecho a la subrogación del vientre materno o, lo que es lo mismo, la posibilidad de llevar a cabo la gestación de un hijo propio o ajeno en el útero de otra mujer, previo acuerdo contractual remunerado.” (Shalev, 2002, p.63)
Como ya habíamos mencionado al momento de “alquilar un vientre” se estipula un contrato en donde se dan los lineamientos a seguir y las responsabilidades que tienen tanto la persona que proporciona su vientre como los que contratan a esa persona. El establecer un contrato legal  obliga a los involucrados a obedecerlo, ya que de no hacerlo puede traer consecuencias desfavorables. Si nos basamos en este argumento, les daríamos la razón a los señores Martínez, al estar por escrito Rita estaría obligada a cumplir con su parte. El contrato social nos dice que se deben de respetar los acuerdos para que haya una convivencia social moralmente aceptable (Rachels, 2007, p.230). Pero, si nos ponemos en la situación de Rita en donde al principio aceptó el contrato pero en el transcurso del embarazo empezó a experimentar sentimientos y cariño hacia el bebé, ¿No acaso estaría en todo su derecho de invalidar el contrato? Ya que al dar al bebé se verían afectados sus derechos y su libertad de decisión por lo que el contrato quedaría invalidado.

Viéndolo desde una postura legal en donde se ve por la justicia del pueblo y sus ciudadanos, lo justo como dice Ramón Gil Martínez  sería "cumplir con el contrato, prometer y entregar lo que se ha prometido en el tiempo fijado"  (Martínez, 1998, p.152). Pero, ¿Esta frase realmente aplica cuando el "entregar lo prometido" es un ser humano ?  ¿Podemos tratar a los bebés como meros objetos dejando fuera los sentimientos de los involucrados sólo para cumplir con un mero requisito legal?.

Al hacer un lado los sentimientos y emociones de Rita se estaría violando o anulando su autonomía. Al ser un ser humano Rita es considerada como un ser racional por lo que tiene la misma capacidad de conocer la realidad y orientar y dirigir por sí misma su propia vida. (Martínez, 1998, p.152). El decidir por ella qué hacer con el hijo que está gestando es quitarle esa capacidad de autonomía y razón que tiene, dejándola como un mero objeto para los fines de otros.

A mi parecer no se pueden establecer contratos de esta índole ya que al hacerlo estaríamos violando la esencia del ser humano (en este caso el bebé), al convertirlo en una moneda de cambio o un "objeto" por el que los señores Martínez pagaron. No puedes establecer una cláusula que diga  "no se pueden generar sentimientos"   hacia ese ser que se está formando dentro de ti al ser este todo un proceso que experimenta la persona que gesta al niño a lo largo del embarazo.



El rol de los sentimientos

Como dice Quiñones Escámez “nadie que haya dado a luz dirá que llevar un hijo en el vientre es equivalente a llevar un hígado o un riñón o a donar los gametos. La gestación genera, de un modo u otro, vínculos entre la madre y el niño”. (Quiñones Escámez, 2009,p.18). Los sentimientos que una madre siente por sus hijos considero yo que son de los más fuertes que existen al generarse por el lazo que forman durante los nueve meses de gestación. En este caso los sentimientos no pueden dejarse en segundo plano por lo que deben considerarse en el mismo nivel o superiores que el contrato de alquiler antes mencionado, incluso puede llegar a pasar por sobre encima de este. Tengamos en cuenta que también los futuros “padres” (señores Martínez) tienen también sentimientos como son la ilusión de por fin ver su sueño de ser padres realizado. En este caso en particular no nos podemos tomar una decisión ética basada en los puros sentimientos ya que no podemos decir qué sentimientos valen más porque al hacer esto estaríamos desechando una de las reglas fundamentales de la ética; el ser imparcial.
Considero que no es posible ser imparcial en este caso en particular ya que al tomar cualquiera de las 2 decisiones posibles  se estaría afectando a alguna de las 2 partes. Lo que si considero es que se debe de tomar una decisión que integre tanto el contrato establecido como los sentimientos que se presentan al ser tan importantes ambos factores.


Utilizar a las personas como medios

“La mujer gestante no hace entrega de una parte separable de su cuerpo, sino que pone a disposición de otras personas algo tan intransferible y ligado a su propia integridad física como es su útero”. (Sánchez-Arsiti, 2010,pp. 13-38).
Viendo el alquiler desde el punto de vista Kantiano nos daríamos cuenta que es una actividad moralmente inaceptable al utilizar a una persona (la que alquila el vientre) como mero medio para conseguir el objetivos de los señores Martínez; el de concebir un bebé que lleve sus genes. “Usar a la gente significa vulnerar su autonomía: su capacidad por decidir por sí misma como vivir su propia vida, de acuerdo con sus propios deseos y valores.” (Rachels, 2007, p.19). En este caso puede que al principio del problema no se haya violado la autonomía de Rita ya que no era meramente un medio, ella decidió en base a su razón y autonomía alquilar el vientre por lo que  entonces no estaba siendo utilizada como un medio para lograr los deseos de los señores Martínez. El conflicto se crea cuando ella cambia de parecer el cual considero que no es incorrecto porque a fin de cuentas todos  somos humanos y nos podemos equivocar, nadie es infalible. Ahora bien si vemos el problema desde el punto de vista de los señores Martínez, el permitir que Rita se quede con el bebé sería utilizar a los señores Martínez como medios al utilizar sus gametos para la generación de un nuevo ser.

"La justicia es dar a cada uno aquello de lo que está privado o despojado y que le pertenece desde una situación previa a las configuraciones sociales concretas." (Martínez, 1998, p.159). Si nos apegamos a esta definición de justicia, lo justo sería otorgarle el bebé a los señores Martínez al ser ellos los despojados de sus gametos si Rita se quedara con el bebé. Además Rita estuvo de acuerdo  con lo establecido  en el contrato por lo que el incumplirlo se estaría dando pie a incumplir contratos de toda índole destrozando la honestidad y la confianza que existe entre las personas.

La felicidad y el beneficio de ser padres

“Todos los participantes y personas involucradas se suelen beneficiar de la misma: el niño que nace de dicho acuerdo no hubiera nacido si la práctica no se hubiera realizado…encuentra una familia que lo recibe con mucho amor… los padres logran acceder a la paternidad y tienen la posibilidad de dar amor y brindarle todos los cuidados necesarios a su hijo…la mujer portadora puede satisfacer sus deseos…y obtener un beneficio económico a cambio” (Camacho,2011)
En este punto considero que debemos de reflexionar realmente que es la felicidad al ser esta un factor determinante al momento de tomar una decisión de esta magnitud.  El utilitarismo nos puede ayudar a tomar la decisión más acertada al tratar de buscar el mayor beneficio y felicidad para la mayor cantidad de personas.(Rachels,2007,p.275)

El decidir a favor de los señores Martínez sería beneficiar a 2 personas, el decidir a favor de Rita sería beneficiar a 1 sola. Si lo vemos desde el punto de vista numérico la decisión estaría más que clara, pero si nos ponemos a pensar en lo que significa separar a una madre de su hijo, nos entraría la duda (en mi caso) de si realmente el beneficiar a 2 personas justifica hacer infeliz a una madre.

Conclusiones:
A mi parecer el ser madre es una de las actividades consideradas como "más bellas" que una mujer puede tener. El ser madre no debe ser considerado solo como un acto de "traer a un nuevo ser a este mundo" sino que debe ser considerado como una manera de vivir en donde ya no eres solo un "yo" sino que empiezas a ser un "nosotros" con ese nuevo ser el cual necesita de cariño, paciencia y amor.  El gestar a ese nuevo ser no significa que ya seas madre, desgraciadamente en muchas ocasiones los bebés son abandonados, abortados por las que muchos consideran "madres verdaderas". No podemos reducir la definición de madre a un simple acto de la biología.
Considero que Rita debe de pensar lo que conlleva el  aceptar rentar su vientre, tomar a la ligera una decisión de esa magnitud conlleva a granes problemas como lo son el decidir quedarse con el bebé, enfrentar problemas legales, etc. Para tomar esa decisión Rita debe de intentar ponerse en el lugar de los señores Martínez y pensar qué haría ella si estuviera en su lugar y así poder tomar una decisión mas acertada.
El “negociar” con el destino de un ser vivo, en este caso el bebé se me hace un acto reprobable ya que la decisión que se tome sea cual sea va afectar directamente a este nuevo ser, el cual por cuestiones obvias no tiene ni voz  ni voto para decidir por si mismo.
En este caso en particular considero que se debe de respetar el contrato establecido entre Rita y los señores Martínez ya que como mencioné  ambas partes tienen sentimientos hacia ese nuevo ser pero, por mas cruel que suene esto, nada ni nadie está por encima de la ley, la cual en este caso está del lado de los señores Martínez.


Bibliografía:

·         Básica:
Martínez, R. (1998). Valores humanos y desarrollo personal: tutorías de Educación Secundaria y escuelas de padres. Madrid: Editorial Escuela Española.

Martín Camacho J. Maternidad subrogada: una práctica moralmente aceptable. 2009. http://www.fundacionforo.com.ar/pdfs/maternidadsubrogada. pdf (Consulta: 2/09/2011)

Pereña Vicente, Montserrat. (2012). Autonomía de la voluntad y filiación: los desafíos del siglo XXI. IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C., Enero-Junio, 130-149.

López Guzmán, José; Aparisi Miralles, Ángela. (2012). APROXIMACIÓN A LA PROBLEMÁTICA ETICA Y JURÍDICA DE LA MATERNIDAD SUBROGADA. Cuadernos de Bioética, XXIIISin mes, 253-267.

QUIÑONES ESCÁMEZ, A. Doble fi liación paterna de gemelos nacidos en el extranjero mediante maternidad subrogada, InDret, julio de 2009, p. 18 (www.indret.com).

NISAND, I. “La gestation pour autrui : pour le cas par cas”, La liberté de la personne sur son corps, cit., pp. 77-83.

SÁNCHEZ ARISTI, R. “La gestación por sustitución: dilemas éticos y jurídicos”, en Humanitas Humanidades Médicas, No. 49, abril de 2010, pp. 13-38, esp. p. 25.

·López-Moratalla, N., «El cigoto de nuestra especie es cuerpo humano», Persona y Bioética, 14 (2), 2010, 136.

Vid. Shalev, C., Birth power. The case for surrogacy, Yale University Press, New Haven, London, 1989; Palazzani, L.,  Los valores femeninos en bioética», en Aparisi, A., Ballesteros, B., Por un feminismo de la complementariedad, Eunsa,  amplona, 2002, 63.

Rachels, J., & Millán, G. (2007).Introducción a la filosofía moral. México, D.F.: Fondo de Cultura Económica.

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