Eduardo Gómez Vega
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La justicia y sus tipos
Hoy en día la justicia es un tema muy importante, porque abarca cuestiones éticas y morales de cada persona así como el sistema jurídico al que pertenecemos. La justicia se relaciona con tres aspectos importantes: ético, jurídico e institucional los cuales explicaré y a continuación formularé una definición de la justicia en base a esos aspectos. Abordaré la teoría ética del Kantismo y su conexión con la justicia. Por último explicaré los tipos de justicia que existen y analizaré un caso de nuestro país en donde la justicia no ha sido cumplida hasta hace poco tiempo.
¿Qué es la justicia y para que la utilizamos?
La justicia es un término muy grande, abarca muchos aspectos de nuestra vida, actualmente tenemos a la justicia en tres sentidos: sentido ético, sentido jurídico y sentido institucional.
Muchas personas creen que la justicia es igual a la equidad, aunque son términos parecidos ciertamente no lo son. Es verdad ambos buscan la distribución de derecho y obligaciones por igual, algunos autores prefieren utilizar la justicia para problemas más serios y la equidad para problemas más esenciales.
- Ético: capacidad humana con la que juzgamos lo justo y lo que no con base a nuestro conocimiento práctico-moral.(Martínez, 2002)
- Jurídico: relación de las leyes jurídicas o actos con el sistema legal al que pertenecemos. (Martínez, 2002)..
- Institucional: una institución imparta la justicia de acuerdo al sistema jurídico. (Martínez, 2002).
En base a esos tres sentidos formularé una definición sobre la justicia y de ahí partiré para los usos de esta. La justicia en base a los tres sentidos la describo como la capacidad de los seres racionales para calificar lo justo y lo no justo en base a nuestra moral que se relacione con un sistema legal en donde estén plasmadas las leyes y se juzguen las acciones de las personas.
La práctica de la justicia tiene muchos beneficios, por ejemplo: Es la encargada junto con la ayuda de un sistema legal, de castigar a las personas que no cumplan con las leyes establecidas, como personas nos ayuda a distinguir entre lo justo y lo que no, ayuda a mantener el orden entre las personas y por último a mantener la igualdad en las sociedades. La justicia se caracteriza por tener estándares que no anulan los derechos morales de las personas porque la misma justicia se basa en los derechos morales. (Velasquez,2006).
Kantismo y la autonomía
El filósofo Immanuel Kant plantea que es obvio que las personas quieren ser felices y para que lo logren deben usar la razón. Cada persona imagina que seria feliz por lo que no se puede formular, sino aconsejar esta razón. Debemos darnos cuenta de las características de la persona que desea alcanzar la felicidad para poder ayudarlo y aconsejarlo en la búsqueda de aquella meta. (Cortina, 1996)
EL Kantismo habla de que los seres humanos debemos tener leyes morales que si bien no nos prometen ser felices en su totalidad, nos permiten crear la humanidad y la autonomía porque si somos capaces de cumplir con esas normas es valioso por si mismo y tiene dignidad humana.
Kant desarrolló el test imperativo categórico, un mandato incondicionado que las personas deben formularse para saber si aquella ley es una ley moral. El test consta de tres formulaciones que debemos hacernos:
• Universalidad: para que pueda llegar a ser una ley moral todas las personas debemos cumplir y respetar la ley y tratar a los seres humanos racionales
como seres valiosos en si mismos. (Cortina, 1996).
• Los seres humanos racionales debemos ser tratados como fines y nunca como medios porque tienen un valor absoluto. (Cortina, 1996).
• Por último, para que sea ley moral se debe tener claro que los seres humanos son como fines y no como medios y también que haya reciprocidad entre los seres racionales. (Cortina, 1996).
La autonomía es aquella sabiduría ética en la que las personas debemos pensar y reflexionar en el momento de hacer una acción moral o inmoral, y ponernos en el lugar de la persona que tal vez salga lastimada. Un ser autónomo es aquel que piensa por sí mismo al momento de decidir sus acciones y trata a los seres humanos como fines y nunca como medios. La autonomía busca el valor absoluto de la personas, es decir, que las personas no puedan ser canjeadas por cosas sin valor.( Cortina, 1996).
Tipos de justicia
Se han establecido en la historia del mundo cuatro tipos justicia, cada tipo de justicia tiene sus principios y fundamentos.
• Justicia distributiva: este tipo de justicia habla de las personas que forman parte de la misma sociedad sean tratados iguales, pero si algunas personas que son diferentes en algunos aspectos deber ser tratados diferente, todo esto en proporción igual a la diferencia. Manuel Velásquez explica este tipo de justicia con un ejemplo claro: Si dos personas hacen el mismo trabajo y no hay alguna diferencia, se les debe pagar con el mismo salario, sin embargo si uno de ellos trabaja el doble por consecuencia se le debe pagar el doble. (Velasquez,2006).
La justicia distributiva se divide en algunas teorías. Por ejemplo: La igualitarista, que es la distribución de derechos y obligaciones iguales para todos; la capitalista, en donde se distribuyen los beneficios de acuerdo a la contribución que hagas; el socialismo, aquí se distribuyen de acuerdo a las capacidades y habilidades de las personas y también por las necesidades; el libertarismo, en donde la distribución de nuestros bienes se da por nuestro gusto y elección; y la justicia como equidad o Rawls, habla que las distribuciones de los recursos y obligaciones son iguales si las personas tienen los mismos derechos y libertades, que los problemas sociales se resuelvan para apoyar a las personas que tienen menos bienes. (Velasquez,2006).
• Justicia retributiva: la idea principal es culpar y sancionar a las personas por sus malas acciones. Este tipo de justicia sin embargo a entrado en debate debido a que hay muchas causas por la que es injusto castigar a las personas, una de ellas es que no sabemos que tan conscientes de las normas o reglas establecidas. Existen algunas situaciones en donde las personas están conscientes de sus actos por lo que deben ser castigas, sin embargo para elegir la gravedad del castigo se planteó que el castigo debe ser proporcional a la falta que haya ocasionado la persona.(Velasquez,2006).
• Justicia compensatoria: esta justicia dice que debemos pagar con justicia los daños materiales o de cualquier tipo a la persona que resulto afectada por las acciones que decidiste. Se debe pagar la cantidad equivalente que sufrió la persona, desafortunadamente hay casos donde no se pueden pagar los daños, por ejemplo si vas en manejando en la noche en sentido contrario en estado de ebriedad y chocas con un automóvil y la persona de ese automóvil fallece no podrás pagar la vida de la persona porque la vida de los seres humanos tiene un valor absoluto, es decir no tiene ningún precio.(Velasquez,2006).
• Justicia conmutativa: en este tipo se enfoca más en el valor de bienes de la personas y en contrato que hacemos con ellos de acuerdo con el criterio de la igualdad, es decir si vamos a cambiar una playera de $200.00 pesos se debe recibir esa cantidad de dinero o algún objeto que alcance esa cantidad.(Serrano y Berdejo,2002).
Un ejemplo en la vida real
Aproximadamente hace un año y medio la ciudad de Sonora vivió un accidente realmente espantoso, 31 niños murieron en un incendio en la guardería a la que asistían.
“Un trágico incendio que se desencadenó la tarde de este viernes en un depósito de neumáticos de la ciudad mexicana de Hermosillo y que se propagó a una guardería dejó un saldo de al menos 31 niños muertos por asfixia y decenas más intoxicados, informaron fuentes de la Fiscalía de estado de Sonora. El intenso humo del incendio hizo que muchos de los 60 pequeños que estaban en el centro fallecieran en la misma guardería después de inhalar el humo, y que decenas más fueran trasladados a siete hospitales de la ciudad para ser atendidos por problemas respiratorios y quemaduras. ”(Rivera,2009).
Desafortunadamente niños inocentes murieron, pero lo más increíble es que todavía las autoridades no han encontrado al culpable de dicho accidente. Una de las acciones que tomó el gobierno fue dar cierta cantidad monetaria a los padres para poder pagar la indemnización de la vida de sus hijos. La justicia compensatoria dice que si alguna vez un persona es afectada se le debe dar algo a cambio para “reparar los daños” que haya sufrido, sin embargo estamos cayendo en un dilema ético ya que se esta violando las leyes morales porque la vida de los seres humanos no puede ser canjeada por cualquier cosa, la vida de los seres humanos tiene un valor absoluto no es algo que puedes andar cambiando o reponiendo en la calle, simplemente no se puede cambiar, estaríamos violando los derechos humanos.
Los padres de los niños estuvieron buscando justicia por más de un año ya que no se encontraban culpables y algunos reportes mostraban que la guardería no tenía las medidas de seguridad necesarias para este tipo de incidentes. Después de año y medio en busca de justicia y de movimientos sociales en algunas partes del país, los padres por fin obtuvieron justicia, si bien el gobierno no les regresará la vida de sus hijo al menos podrá dar un homenaje con la nueva ley aprobada por el Senado llamada:
Ley 5 de Junio la cual se encargará de regular las guardería públicas y privadas del país para que poder garantizar la seguridad y la vida de los niños, así como en estudio del registro de las guarderías del país para estar al tanto de la cantidad de los niños que atienden y regular a la persona a la cual se le fue otorgada el permiso de dicho establecimiento.(Michel, 2011)
Realmente es triste saber que cuando las personas buscan justicia a veces el sistema que los rige simplemente no es capaz de darla y simplemente le da vueltas a la misma historia. Debemos reconocer el trabajo de los padres de familia que han realizado para encontrar justicia en un país donde la justicia legal se ha estado corrompiendo debido a la corrupción y la mala organización del sistema judicial.
Para concluir debemos estar conscientes que todas las personas gozamos de los mismos derecho y obligaciones, en los distintos campos de nuestra vida ya sea el sistema jurídico, el trabajo o en la distribución de los bienes.
Para entender el término de justicia debemos unir los tres aspectos: ético, institución y jurídico. Los diferentes tipos de justicia nos ayudan a elegir entre los justo y lo que no en lo momentos adecuados por lo que también es importante reflexionarlos y entenderlos.
Bibliografía:
• Cortina, A. (Dir.) (2002)10 palabras clave en Ética. Estella: Verbo Divino.
• Cortina, A. (1996). Ética. La vida moral y la reflexión ética. (1996). Santillana, Madrid.
• Michel, E. (2011,04,30). Ley de guarderías pasa; va a San Lázaro. http://www.eluniversal.com.mx/nacion/185098.html
• Eugenio Rivera(2009,05,06). Mueren 31 niños asfixiados en una guardería en el norte de México. http://www.abc.es/20090606/internacional-iberoamerica/incendio-guarderia-provoca-muerte-200906060233.html
• Velásquez, M. (2006) Ética en los negocios. Conceptos y casos. México: Pearson Educación.
• Serrano, A y Berdejo, L (2005). Elementos de Derecho civil: I. Parte General. Editorial Dykisnon. Madrid
Espacio creado con la finalidad de publicar las reflexiones y acciones ciudadanas extramuros realizados por el alumnado en la clase: Ética, Persona y Sociedad. Cada alumn@ subirá artículos mensuales y el reporte -con video y fotografías- de las acciones ciudadanas realizadas desde el primer día de inicio de periodo, hasta el día del examen parcial o semestral. Fecha límite para subir post: día y hora del examen correspondiente. Dra. Alicia Ocampo Jiménez (www.generalaequidad.blogspot.com)
martes, 3 de mayo de 2011
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