Alitzel Méndez Bustillo
Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de
Monterrey
Campus Guadalajara
Grupo 12
24 de noviembre de 2014
Piratería
informática, ¿Mejorando o empeorando el mundo?
Abstract
La piratería informática es
un problema que aqueja fuertemente a la sociedad actual ya que al encontrarnos
tan inmersos en dichas practicas llegamos a verlo como algo natural y correcto,
olvidando por completo todas las implicaciones que tiene la misma.
Por consiguiente, al no tener
en cuenta sus alcances no nos damos cuenta que no únicamente estamos afectando
a los creadores de contenido sino también estamos afectando a la sociedad en
general, por ende, resulta indispensable hacer un análisis donde se puedan
observar sus consecuencias y las fuertes implicaciones éticas que tiene esta
práctica.
Palabras clave: Propiedad
intelectual, derechos de autor, ética, justicia, economía, creadores de
contenido.
¿Qué
produce mayores beneficios en la sociedad, la violación o el respeto de los
derechos de autor?
Una de las principales
disyuntivas con respecto a la violación de los derechos de autor hace
referencia a lo económico ya que se suele oscilar entre que es aquello que
produce mayores beneficios de forma global (la violación o el respeto de los
derechos de autor), de esta forma empezamos a adoptar un punto de vista
utilitarista del tema en cuestión. Ahora bien, si consideramos a la economía en
un contexto más individualizado y aislamos algunos factores de la economía
global, posiblemente podríamos ver que mediante la violación de la propiedad
intelectual se obtienen beneficios económicos individuales a gran escala “Algunos
estudios han demostrado que la ganancia estimada de los consumidores por la
violación a los DPI es mayor que las pérdidas de las firmas por la ausencia de
protección de dichos derechos” (Escobar, 2005: 785) aunado a esto se sustenta
que “Los consumidores de copias pirata no están dispuestos o no tienen la
capacidad para pagar el precio del original” (Aguilar, 2009: 150). Indudablemente los datos antes mencionados son
reveladores pero no debemos olvidar que no se está abordando la temática desde
un contexto global y, dentro del utilitarismo económico, resulta indispensable
promover aquella acción que traiga consigo mayores beneficios cuantitativos,
por ende, es necesario abordar la información desde este contexto.
Por consiguiente al hacer
este análisis resultan evidentes otros datos, tal es el caso de “La IFPI e IIPA
[quienes] contabilizan cientos de millones de dólares ‘perdidos’ por la piratería
cada año. En 2005, la IFPI reportó una pérdida total mundial de 1100 millones
de dólares estadounidenses” (IFPI, 2006: 4), siguiendo esta línea debemos
recordar que la economía global sufre transformaciones de manera constante que
van repercutiendo poco a poco hasta crear grandes cambios, por lo tanto, es
necesario realizar un análisis a largo plazo que permita que no sólo nos
quedemos con los pequeños cambios sino que analicemos las verdaderas
repercusiones, de esta forma se observa que “Entre más haga valer un país los
derechos de propiedad intelectual, más se desarrollarán el conocimiento y la
tecnología. A largo plazo, las economías deberían ver un crecimiento en el
porcentaje de su producto interno bruto relacionado con la tecnología,
información y conocimiento, gracias al incremento de patentes y propiedad
intelectual registrada. “ (Aguilar: 2009, 150)
Consecuentemente, al analizar
las dos perspectivas, economía “individual” y economía global, se puede
concluir que desde el punto de vista del utilitarismo cuantitativo, aquello que
genera mayores beneficios económicos es el respeto de la propiedad intelectual
ya que actualmente vivimos en un contexto globalizado en el que la economía va
evolucionando y en el que en un largo plazo resultará más benéfico el respeto
de la propiedad intelectual implicando no solo menores perdidas económicas sino
también mayores ingresos/beneficios.
¿Y el
aspecto cualitativo?
Ciertamente el análisis
cuantitativo da una gran perspectiva de qué es lo que produce mayores
beneficios en la sociedad, sin embargo, no podemos olvidar el aspecto
cualitativo de la cuestión ya que es necesario abarcar que es aquello que
produce un mayor grado de felicidad y ponderar que análisis podría tener más
peso en esta situación, según las consecuencias y los beneficios.
En el ámbito del utilitarismo
cualitativo se puede llegar a considerar que ignorar derechos de autor podría
llegar a ser lo mejor socialmente ya que más personas tendrían acceso a esta
información lo que propiciaría que más personas tendrían la felicidad de
disfrutar de muchos de estos contenidos “La información es conectividad: es más
importante el conocimiento que la escasez….” (Lizama, 2002 : 97),
consecuentemente, se podría decir que se está tomando una decisión de peso para
“aumentar la mayor cantidad de felicidad de las partes involucradas”. Sin
embargo, se debe tener en cuenta que la violación de derechos de autor
involucra a más personas que a los consumidores de los mismos y entre estas
personas involucradas se encuentran “Los grupos del crimen organizado [quienes]
tienden a meter su mano en diversas áreas de actividad criminal, motivados
sobre todo por las ganancias, de ahí que no sea poco común que emerja un nexo
entre el robo de propiedad intelectual y delitos como el tráfico de drogas, el
fraude, las armas de fuego ilegales [...]” (IFPI, 2003), (Aguilar, 2009: 155). Por
consiguiente, al analizar el problema a fondo vemos que al estar involucrados
personas del crimen organizado en este tipo de prácticas y al ser ésta una
fuente de ingresos para su actividades delictivas, de una forma indirecta se
está realizando un financiamiento a sus prácticas, por ende, a la larga se está
financiando un organismo que hará actividades delictivas que no permitirán un
aumento de “felicidad” y de manera indirecta contribuiremos a que se disminuya
la felicidad de más personas. Por lo tanto observamos que, desde el punto de
vista del principio utilitarista, la violación de derechos de autor genera que
la felicidad disminuya.
De manera concluyente,
habiendo analizado la situación desde el punto de vista económico y desde el
punto de vista cualitativa, vemos que el respeto de los derechos de autor es
aquello que genera mayores beneficios a la sociedad.
En
parámetros de justicia ¿Es permisible la violación de los Derechos de Autor?
Después de abordar que es
aquello que produce mayores beneficios llegamos a otro eje fundamental de este problema,
la justicia, ¿Se podrá considerar la violación de los derechos de autor como
algo justo?.
Para empezar con este tema es
necesario reconocer que vivimos en una sociedad que intenta ser justa y parte
de está justicia requiere que respetemos los derechos de unos y otros y que no
pacemos por encima de sus derechos para el beneficio propio, por ende, en la
búsqueda de la justicia social y el respeto a los derechos, se debe tomar en
cuanto que la propiedad intelectual es un derecho formal defendido por
distintas instituciones, principalmente por la OMPI quien le ha otorgado este
derecho a aquellas personas que han sido creadoras de un contenido/tecnología “En
cuanto a las normas de propiedad intelectual y derechos de autor para los productos digitales, se aplican de
la misma manera que para el resto de las creaciones originales, es decir, las
mismas condiciones reglamentadas por la
OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 1967)”(Alarcón, 2009:
5), por consiguiente, dar paso a la violación de los derechos de autor sería
olvidar los parámetros de justicia y sin duda alguna la construcción de una
sociedad justa abarca todos los sectores.
De ahí que, al considerar a
la propiedad intelectual como un derecho formal, también se está estableciendo una
relación directa con el Estado, el cual ha reconocido este derecho y ha
manifestado la ilegalidad de la violación de este: “La distribución de
piratería es definida como ilegal y su criminalización en México resulta de la
firma de tratados de comercio y la posterior introducción de leyes
internacionales para la protección de los derechos de autor.” (Aguilar, 2009:
144). A partir de ello podemos decir que todos nos regimos bajo ese manto que
es el estado, que es quien como organismo muestra lo que conviene como sociedad
y, las personas estamos dispuestas a acatar lo que está establecido en ese
contrato, mejor conocido como contrato social en el cual “la gente debe estar de acuerdo en que se
establezcan reglas para gobernar las relaciones mutuas, y convenir en que se
establezca una agencia, el Estado, con el poder necesario para hacer que se
cumplan esas reglas” (Rachels, 2008 : 223), ahora bien, el contrato social
permite explicar a la moral como “el conjunto de reglas que gobiernan cómo las
personas deben tratarse unas a otras, que la gente racional estará de acuerdo
en aceptar, para su mutuo beneficio, a condición de que los demás también sigan
esas reglas” (Rachels, 2008: 225), por lo tanto si el estado lo ha calificado
como algo ilegal, como seres racionales podemos identificar que la violación de
la propiedad intelectual es incorrecta. Sin embargo, el problema central recae
en la efectividad con la que se intenta detener este problema porque resulta
evidente que el estado lo ha calificado como algo ilegal pero realmente su
esfuerzos por detenerlo son casi nulos.
Por consiguiente, violar la
propiedad intelectual no solo recae en lo injusto sino que, además, infringe
leyes indispensables para una convivencia sana, mismas que han sido expresadas
en un contrato social, que en esta ocasión está siendo representado por el
estado.
¿Tenemos la
obligación de compartir nuestros conocimientos?
Finalmente me gustaría hablar
de este último punto que, desde mi punto de vista, es muy interesante, ya que
ciertamente vivimos en un mundo que va evolucionando de manera conjunta y se
habla de compartir información para que de esta manera los avances tecnológicos
puedan ocurrir con mayor prontitud, por lo tanto, bajo esta idea, privar a las
personas de los que yo puedo crear sería negar a ayudar en la cantidad que
podría hacerlo.
De esta forma vemos que contribuir
a una sociedad mediante un software libre implica que personas se preocupen por
mejorar algo para toda la sociedad brindando su conocimiento y esto entra
dentro de la ética del cuidado ya que es una red de relaciones. Sin embargo, es necesario recordar que para
el ética del cuidado también es necesario preocuparse de un “yo” y si todo el
contenido distribuido en redes fuera gratuito implicaría que el creador del
contenido se olvidará de un “yo” y dejará de ver por sus intereses personales y
esto no es algo que pida la ética del cuidado por ende no se le puede exigir a
una persona, bajo este argumento, que el contenido que produzca sea libre.
Reflexiones
finales
El desconocimiento de la
información propicia que en muchas ocasiones se tome la decisiones de violentar
los derechos de autor ya que se llega a considerar que es una práctica que trae
grandes beneficios sociales, sin embargo, después de analizar la situación
desde un panorama más amplio, resulta evidente que al realizar esta practica se
está afectando a la sociedad en general, al mismo tiempo, fue posible observar
que no se le puede exigir a los creadores de contenido que compartan
gratuitamente aquello que generan.
Por ende, resulta
indispensable que respetemos el trabajo de estás personas para permitir la
construcción de una sociedad mejor, en la que se hagan aportaciones cada vez
más significativas y en la que recordemos que cada uno de nosotros se encuentra
inmerso en este proceso para mejorar al mundo por lo que nuestras acciones
individuales poco a poco van generando repercusiones globales.
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