viernes, 23 de noviembre de 2012

¿El arte de plagiar o el plagio del arte?

¿El arte de plagiar o el plagio del arte?

El arte de plagiar o el plagio del arte es un juego de palabras que presentan una problemática actual, la cual ha ido creciendo gracias a las nuevas tecnologías y los nuevos medios. Cada día los artistas tienen sus obras más desprotegidas, ya que gracias al Internet cualquier persona las puede ver, apreciar e incluso copiar, sin que el autor se dé cuenta.
Para ejemplificar esto tenemos el caso reciente del pintor mexicano, Julián Cervantes, quien presentó una pintura en óleo con la cual ganó el primer lugar en la Bienal Nacional de Pintura “José Atanasio Monroy”. El problema surgió cuando la fotógrafa belga Frieke Janssens, descubrió que la obra del pintor sobrepasaba “el influenciado por” ya que la pintura representaba una copia de una serie de fotografías llamada “Smoking Kids” que presentó en el 2011. La fotógrafa subió las fotos y la pintura a Facebook para conocer lo que sus seguidores pensaban y es así como se dio a conocer a nivel público el problema. El pintor mexicano argumentaba que no era una copia, solamente estaba basado en las fotografías. La fotógrafa belga no tomó ninguna acción legal contra el pintor, y los jueces del  Bienal de Pintura no le retiraron el premio.  (Pérez, 2012.)
Al ver este ejemplo surgen varias incógnitas. Hasta dónde se respetan los derechos de autor y cuáles son las implicaciones éticas y morales que conlleva presentar un proyecto o una idea como propia cuando en realidad es ajena, además cual es el impacto de hacer acciones como esta y cuales son los problemas que a largo plazo se pueden generar.

Para empezar hay que conocer bien lo que es la propiedad intelectual y cómo aplica en el uso del Internet.

En el artículo “Propiedad intelectual y derechos de autor”, se describe todo lo que engloba la propiedad intelectual:
la propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente, y está dividida en dos categorías: la propiedad industrial y el derecho de autor. La propiedad industrial incluye invenciones, patentes, marcas, indicciones geográficas, dibujos y modelos industriales; por otra parte el derecho de autor engloba las obras literarias y artísticas (novelas, poemas, obras de teatro y otros escritos), películas, fotografías, esculturas, en general los derechos de artistas o intérpretes sobre sus interpretaciones(Alarcón Aldana & Callejas Cuervo, 2009, pág. 5)
Como se menciona en el artículo, la propiedad intelectual engloba las creaciones con la mente, el problema es ver cómo proteger esas creaciones cuando se encuentran en la red. Para esto el artículo dice:
En cuanto a las normas de propiedad intelectual y derechos de autor para los productos digitales, se aplican de la misma manera que para el resto de las creaciones originales, es decir las mismas condiciones reglamentadas por la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 1967)(Alarcón Aldana & Callejas Cuervo, 2009, pág. 5).

En el artículo “Nuevas tecnologías en el derecho de autor(Martínez, 2007, pág. 99) se plantea la problemática que existe gracias al Internet, ya que por medio de él, cualquier persona conectada a la red puede ver, reproducción y compartir una obra de arte sin algún tipo de restricción, ya que el control del autor y de las autoridades es casi imposible. Ya que estar al pendiente de todo lo que pasa en la red es una tarea muy complicada e incluso imposible, hay que analizar mejor todo lo que implica descargar una imagen de alguien más y usarla como propia.

En la Teoría Hedonista se busca la felicidad como primer objetivo, y las acciones que se realizan deben estar enfocadas a esto (Rachels, 2006. Pág. 166). Si copiar, plagiar o descargar es un medio para llegar a la felicidad y así alcanzar un objetivo estaría correcto, pero ¿que pasa con la otra parte, quien hizo el trabajo?.
Kant menciona que las personas deben ser consideradas como un fin y no un medio, en esto incluiríamos el trabajo de ellas, ya que es una muestra de la persona.

Al usar el trabajo de alguien más también se invade la integridad y dignidad de la otra persona, además de que se desvalora el trabajo propio. Como menciona Rachels en su libro “Introducción a la filosofía morallos seres humanos tienen “un valor intrínseco, esto es, dignidad”, que los hace valiosos “sobre cualquier precio”. (Rachels, 2006, Pág. 194). En base a esto el trabajo de las personas también debería valorarse por su valor intrínseco, ya que al crear algo se crea una conección entre persona y su trabajo, deja en él tiempo de vida y de dedicación, además de su personalidad  y de su ser. Un trabajo es el reflejo del autor, por lo que también plasma parte de su dignidad. Por eso tomar el trabajo de alguien sin darle el correspondiente reconocimiento es asimismo tomar parte de su dignidad y valor como persona, es quitarle un poco de su identidad.

Del mismo modo practicar este tipo de actos convlleva acciones antiutilitaristas donde el principal beneficiado es la persona que comete el plagio y se olvida de la otra parte. El beneficio no es para el mayor número de personas, es para el mínimo y pude causar un daño en el otro lado de la balanza. Además como menciona Weiss hay que considerar a todos los involucrados (stakeholders), y no sólo a nosotros mismos. (Weiss, 2006, pág. 6) En el caso del pintor, la acción que cometió, lo involucra a él y a la fotógrafa, a los jueces del concurso que no hicieron ningún comentario, a los seguidores de la fotógrafa y el pintor quienes hicieron comentarios a favor y en contra, e incluso a la sociedad mexicana, ya que puede dar una mala imagen a nivel internacional en el ámbito artístico. Como dice Weiss: “Hay que pensar de manera global antes de actuar de modo local” (Weiss, 2066, pág. 4).

A nivel personal, se puede lograr una desintegración del carácter y los valores, ya que lo que se presenta como trabajo es una mentira lo que conlleva en palabras de Rachels a una “destrucción de la propia dignidad como ser humano” (Rachels, 2006, pág. 194). Por lo que al hacer plagio disminuye la dignidad de las dos partes involucradas y del trabajo en sí.

Cuando se realiza un acto de plagio se rompe también el contrato social ya que el individuo vela por sus propios intereses.  Además se opera en el nivel más bajo de los niveles de Kolberg, el pre convencional, ya que se actúa en base a recompensas y castigos, buscando obtener una ganancia sin considerar lo que otros puedan pensar o los propios principios. En el caso del pintor que sobrepasó la influencia y llegó a hacer una copia, se consiguió una recompensa ya que se quedó con el premio y no se obtuvo ningún castigo en el ámbito legal ni profesional.

Gracias a la tecnología cada vez es más fácil compartir obras propias con la confianza de que los demás usuarios las verán y valorarán y no que las plagiarán. En caso de que existiera el plagio se buscaría haría una justicia retributiva pensando en castigar al culpable, pero ya que es difícil rastrear y mantener un control este tipo de justicia es difícil de aplicar. (Velasquez, 2006, pág. 88)

Simultáneamente hay que tomar en cuenta el valor y el sentido del trabajo ver si el plagio se hace para obtener una mayor seguridad, a falta de una riqueza interior; ver si la persona todavía se pertenece a si misma o si se vendió para poder subsistir y sobresalir. Considerar si quien comete la acción se considera un “Profesionista satisfecho”, si esta esclavizado de su profesión y sólo busca sentirse por encima de los demás, aún si esto conlleva a desvalorar su trabajo y usar el de alguien más. (Camps, 1999, pág. 144).

Nuestras acciones por más pequeñas que creamos que son, pueden impactar a más personas de las que nos imaginamos y de maneras que no teníamos idea. El trabajo ajeno se debe respetar y valorar así como esperamos que nuestro trabajo sea reconocido y admirado. El trabajo es una nuestra de nuestra persona y tomar el ajeno implica disminuir el valor del autor y al mismo tiempo nos desvaloramos a nosotros mismos.

Bibliografía

"Se pasó un poco", Frieke Janssens sobre el Atanasio. (15 de Octubre de 2012). El informador, tomado de: http://www.informador.com.mx/cultura/2012/411268/6/se-paso-un-poco-frieke-janssens-sobre-el-atanasio.htm.
Alarcón Aldana, A. C., & Callejas Cuervo, M. (2009). Propiedad intelectual y derechos de autor en el software libre. Revista Virtual Universidad Católica del Norte, 1-16.
Camps, V. (1999). Paradojas del individualismo. Biblioteca de Bolsillo.
Cortina, A., & Conill, J. (2002). Cambio en los valores del trabajo.
Martínez, N. R. (2007). Las nuevas tecnologías en el derecho de autor y su evolución en Colombia. Prelogómenos: Derechos y valores, 99-106.
Pérez, R., & Alvarado, A. (18 de Noviembre de 2012). Asegura fotógrafa el plagio de su obra. Reforma, Tomado de: http://iphone.mural.com/aplicaciones/transforma/parametros.aspx?xml=http://iphone.mural.com/libre/online07/Appiphone/articulo/644/1286712.xml&sec=CULTURA&tipo=12.
Rachels, J. (2006). Introducción a la Filosofía moral. México D.F.: Fondo de Cultura Económica.
Velasquez, M. G. (2006). Ética en los negocios. México: Pearson Educación.
Weiss, J. (2006). Ética en los negocios: un enfoque de administración de los stakeholders y de casos. México: Thompson.

Mayra Haydeé Vázquez Rivas

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