Derecho sin discriminación
El tema de la homosexualidad, usualmente lo
relacionamos como un tema moderno que surgió solo hace algunos años cuando en
realidad este tema se viene manejando desde hace mucho tiempo. Si bien es
cierto que en algunas civilizaciones y lugares, no se aceptaba o era condenada
las prácticas homosexuales, también existía lo contrario. Es un tema que data y tiene existencia desde
hace siglos, la homosexualidad se experimentaba en numerosos pueblos primitivos,
en el antiguo Egipto, en la antigua Grecia etc. Para todas estas civilizaciones
la homosexualidad era algo normal, algo cotidiano que era parte de sus
costumbres y tradiciones. (Martín, 2011)
“Recientemente, mucha gente se ha preguntado por qué
no puede haber matrimonios entre personas del mismo sexo, y no sólo entre un
hombre y una mujer. ¿Qué impide que cambiemos nuestra definición, como tantas
veces sucedió en el pasado? Querer cambiar en esa dirección no es algo
meramente fortuito o un mero capricho: ese cambio responde, entre otras
razones, a la evolución de nuestra concepción de los derechos humanos
fundamentales, entre los cuales se encuentra el derecho al matrimonio” (Ortiz, 2011, p.5).
Toda sociedad evoluciona con o por la necesidad de
crecer, sobrevivir etc. Esta evolución se da a través del tiempo y genera
cambios y tendencias nuevas a las cuales la sociedad puede o no estar
acostumbrada pero son cambios que impactan diferentes aspectos y deben de ser
tomados como son y tratar de adecuarlos como mejor encajen en la sociedad,
respetando los derechos de los individuos y así contribuir para que esta pueda continuar su desarrollo y
crecimiento. “Así pues, la idea de que
el "matrimonio tradicional" es el de un hombre y una mujer que se
casan por amor y para toda la vida es menos tradicional y más reciente de lo
que parece” (Ortiz, 2011, p.2).
Las sociedades evolucionan, la gente cambia y busca
nuevos horizontes y a pesar de que todas las personas son diferentes y tienen o
buscan diferentes objetivos para alcanzar en su vida, siguen siendo personas
las cuales merecen respeto y autonomía de decisiones, por tanto no debería de
importar su género o preferencias sexuales. “El hecho más pertinente es que los
homosexuales están buscando el único tipo de vida que les ofrece una
oportunidad de felicidad… Una vida buena, para los gays y las lesbianas, así
como para todos los demás, puede significar unirse con alguien a quien se ama,
con todo lo que esto implica. Además, las personas no eligen sus orientaciones
sexuales; tanto homosexuales como heterosexuales descubren que son lo que son
sin haber tenido ninguna opción en ello” (Rachels, 2006, p. 80).
“El egoísmo psicológico dice que la gente en realidad
busca siempre su propio interés. En cambio el egoísmo ético es una teoría
normativa; es decir, una teoría de cómo debemos comportarnos. De cualquier modo
que nos comportemos, el egoísmo ético dice que nuestro único deber es hacer
aquello que es lo mejor para nosotros mismos” (Rachels, 2006, p. 128,129). Los
homosexuales buscan un interés propio en donde el principal objetivo es querer
estar con alguien más, y a pesar de este interés, esto no los hace diferentes a
las demás personas solo por querer estar con alguien, aunque este sea de su
mismo sexo.
Por otra parte, la manera en la que percibimos las
cosas, puede cambiar o ser diferente dependiendo del contexto o del lugar en
donde nos ubiquemos. Pueden existir culturas más abiertas al matrimonio entre
parejas homosexuales en donde todo el proceso sea más normal o más fácil de
adaptar a diferencia de culturas en las cuales esta acción (matrimonio de
parejas homosexuales) vaya en contra de sus códigos morales y todo aquello a lo
que están acostumbrados. Entonces podemos deducir que cada cultura maneja
diferente el tema y por tanto cada una toma diferentes decisiones y métodos
para poder llevar o controlar la situación y eso no significa que esa decisión
deba de ser universal.
“La forma “correcta” es
la forma que emplearon los antepasados y que ha sido transmitida. La tradición
es su propia justificación. No se la somete a verificación por la experiencia.
La idea de lo correcto está en las costumbres tradicionales, no fuera de ellas
ni tiene un origen independiente y que se introduce para probarlas. En las
costumbres tradicionales, lo que es, es lo correcto, y así es porque son
tradicionales, y de este modo contienen en sí mismas la autoridad de los
espíritus ancestrales. Cuando llegamos a las costumbres tradicionales, estamos
al final de nuestro análisis” (Rachels, 2006, p. 41).
Si se busca crecer en una
sociedad, es importante aceptar las diferencias y aprovechar al máximo estas
para tener el mayor alcance de desarrollo posible. Aparte de que la tolerancia,
respeto y convivencia traen a nuestra sociedad paz y tranquilidad en donde
puede existir una gran diversidad sin tener afectaciones de violencia y/o actos
que dañen o atenten contra las personas.
“Convivir es llegar a vivir juntos entre distintos sin los riesgos de la
violencia y con la expectativa de aprovechar fértilmente nuestras diferencias.
El reto de la convivencia es básicamente el reto de la tolerancia a la
diversidad y ésta encuentra su manifestación más clara en la ausencia de
violencia” (Mockus, 2002, p.20).
En algunos países como Estados Unidos y Canadá, la
cultura de la homosexualidad mayormente aceptada, un tema que está casi totalmente aceptado y son
países en donde se encuentran mayores avances y beneficios en el tema de
homosexualidad. “el homosexual entra en la cultura occidental en el siglo
veinte como resabio de la sodomía. Lo que acontece a partir de este hecho es de
dominio público: sanciones, recriminación y descalificación para quienes, en
términos actuales, sostienen relaciones amorosas y/o sexuales con personas de
su mismo sexo” (Balbuena, 2010).
“todos los seres humanos somos personas con autonomía
moral y dignidad. Eso nos iguala, y cualquier sociedad que aspire a la igualdad
y a la imparcialidad debería erradicar cualquier forma de tratar a la gente que
no tome en cuenta su dignidad y su autonomía moral” (Ortiz, 2011, p.7). Avanzar hacia un cambio
positivo implica mantener un equilibrio y respeto de principios o fundamentos
básicos para los seres humanos, en este caso es el respeto a los derechos
humanos. Entre los principales derechos, se encuentra el derecho al respeto y
mantener una dignidad. Por tanto se deben de respetar las decisiones que cada
individuo decida realizar sin que estas puedan ser dañinas para otros
individuos y así tener un fin para
estas. Acciones. En este caso sería
respetar la decisión del matrimonio que tomen las personas, aunque sean
personas del mismo sexo, no tendría por qué discriminarse o tratarse diferente
ya que esto atenta contra la dignidad de las personas.
“Si su valor está “más allá de cualquier precio”, de
allí se sigue que los seres racionales deben ser tratados “siempre como un fin
y nunca solamente como un medio”. Esto significa, en el nivel más superficial,
que tenemos un estricto deber de beneficencia hacia otras personas: debemos
esforzarnos por promover su bienestar; debemos respetar sus derechos, evitar
dañarlos, y de modo general “esforzarnos, en lo que se pueda, por fomentar los
fines ajenos”” (Rachels, 2006, p.207).
Todos los seres humanos tienen derecho a la libertad y
por tanto a tomar sus propias decisiones, el prohibir este tipo de decisiones,
atenta contra la libertad de los individuos y se está violando un derecho que
esta dado desde el momento en que se nace. Tomar la decisión de contraer
matrimonio y casarse es una decisión que cada persona hace y que se debería
respetar porque cada persona es libre de tomar esa decisión. El concepto de
matrimonio no va a cambiar por el hecho
de tratarse de una pareja homosexual.
“Si el derecho al matrimonio es un derecho humano
fundamental es porque supone la libertad de los seres humanos para decidir
sobre sus propias vidas; es decir, supone su autonomía individual, que no es
otra cosa sino la capacidad de tomar decisiones por uno mismo (sin ser objeto
de coacciones externas), de conducir y ser responsable del comportamiento
propio, de dirigir la vida de acuerdo con la propia conciencia” (Ortiz, 2011,
p.5)
“Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e
iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia,
deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (UN News Center). Todos
debemos ser respetados por el simple hecho de que nacemos libres y por una
atención a la dignidad humana nuestra que es parte crucial de lo que somos y de
nuestra convivencia. Tomar decisiones sobre con quien estar y si es del mismo
sexo o no, no deberían de ser juzgadas o
tomadas de diferente manera que cualquier otra decisión, es una decisión
personal que cada quien hace y por tanto no considero que debería discriminarse
a las personas que tienen prácticas homosexuales. Si bien no considero que se
deba discriminarles, tampoco considero que deba ser un tema de promoción,
publicidad o que promueva este tipo de prácticas. Simplemente es el hecho de no
darle más importancia de lo debido, para bien o para mal, ni más ni menos, si
no lo que es.
Referencias
Básica
Balbuena Bello, Raúl. (2010). La construcción sociocultural
de la homosexualidad. Enseñando a vivir en el anonimato. Culturales, 6(11),
63-82. Recuperado en 24 de abril de 2015, de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-11912010000100004&lng=es&tlng=es.
Básica
Martín Sánchez, María. (2011). APROXIMACIÓN HISTÓRICA
AL TRATAMIENTO JURÍDICO Y SOCIAL DADO A LA HOMOSEXUALIDAD EN EUROPA. Estudios
constitucionales, 9(1), 245-276. Recuperado en 6 de mayo de 2015, de
http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002011000100009&lng=es&tlng=es.
10.4067/S0718-52002011000100009.
Básica
Ortiz, G. (2011, January 1). El derecho al matrimonio
entre personas del mismo sexo. Retrieved February 21, 2015.
Básica
Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía moral.
México: Fondo de Cultura Económica.
Básica
Mockus, A. (2002, March 1). La educación para aprender
a vivir juntos. Retrieved April 10, 2015.
Complementaria
Declaración Universal de Derechos Humanos. (n.d.). Retrieved April 10, 2015, from http://www.un.org/es/documents/udhr/
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