jueves, 7 de mayo de 2015

El obstáculo de cristal-Diana Nelson (ITESM Campus GDL)




El obstáculo de cristal
Abstract
“Techo de cristal” es como se le llama al fenómeno cuando a las mujeres se les inhabilita alcanzar un nivel ejecutivo alto en las organizaciones. Además esta problemática incluye otras situaciones conflictivas, como la diferencia de paga entre los sexos a pesar de que tengan la misma calificación. La exclusión de las mujeres en ciertas reuniones, leyes laxas para regular la situación laboral el México y la falta de sanciones efectivas cuando las mujeres sufren de acoso sexual.
Además lo preocupante de este fenómeno es que ocurre no solo en México, sino a nivel mundial. En los medios se habla sobre equidad de género, sin embargo esta problemática sigue siendo bastante grande. El empoderamiento de las mujeres en el ámbito laboral está maquillado con la inequidad. No será realmente empoderamiento hasta que no se tengan las mismas oportunidades.
En México hay un gran número de madres solteras, lo que hace que la diferencia de paga sea un problema bastante grave, ya que ellas son pilares de sus familias. El tema es delicado, ya que es un problema de discriminación de género en la actualidad.  Para solucionar el problema, se tiene que hacer primeramente conciencia sobre el fenómeno. Para que así, hombres y mujeres por igual, podamos atacar el problema y llegar a una solución que beneficie a todos.

Palabras clave: techo de cristal, inequidad, género, discriminación, mujeres.

Introducción
La lucha feminista ha aportado mucho para avanzar en la equidad de género. Lo indignante es que todavía hay violencia física y emocional, así como desigualdad en las oportunidades laborales. Se les paga menos a las mujeres por su trabajo, se les excluye de ciertas actividades, son incapaces de alcanzar puestos altos en las empresas y en ocasiones sufren acoso sexual sin que haya sanciones efectivas a los agresores. Esto sin mencionar que las leyes para regular lo anterior, son laxas. A todo este fenómeno lo conocemos como “techo de cristal.”
El techo de cristal es de acuerdo a mi postura, la nueva forma de discriminación hacia la mujer. Simplemente porque no se le dan los mismos derechos que a los varones, por el hecho de ser mujer. Lo peligroso del fenómeno, es que no es fácil identificarlo. Se les dan a las mujeres oportunidades de trabajo, pero se les inhabilita el ascenso, sin mencionar la exclusión de las mujeres y la diferencia de paga. Más adelante se mostrarán los datos de forma más detallada.
Además el problema con este fenómeno es que no es visto en general como un problema relevante. Es común que los varones, al no sufrir de este fenómeno no le den importancia. Además como no los afecta, realmente están desinteresados sobre el tema. Quizás no lo hagan de forma intencional, sino simplemente porque no tienen la información suficiente sobre el tema. Este documento tiene como objetivo informar a las personas en general, sobre esta situación de las mujeres, con la esperanza de que se pueda realizar un cambio al respecto.
Desarrollo
La mujer estaba sometida a un estado social en donde, gracias su emancipación, se empezó a operar un proceso de autonomía social y material. Al iniciar esto, las mujeres empezaban a tener más participación en la clase social en el ámbito económico, social y cultural. Esto genera un ambiente más humano. (Sánchez, 2006, p. 186). Sin embargo,  la lucha por la equidad de género todavía no llega a su fin. Se ha logrado mucho, el derecho a estudiar, trabajar, votar, etc. Pero, siguen habiendo muchas desventajas para las mujeres en la actualidad.
A pesar de que las mujeres han luchado para tener un lugar al mismo nivel que los varones, a pleno siglo XXI, esto todavía no se concreta en su totalidad. En el ámbito laboral específicamente, ocurren ciertas irregularidades. En el artículo de Gender pay gap: female bosses earn 35% less than male colleagues (Goodley, S., 2014) se evidencia que las jefas en las empresas ganan 35% menos que los jefes. En otro artículo, un estudio de Wells Fargo (Alter,C., 2014), muestra que las mujeres millennials, que tienen educación universitaria, ganan $20, 000 dólares menos que sus colegas masculinos. A pesar de que realizan el mismo trabajo y tienen exactamente la misma educación.
Ahora como lo dice el artículo Are Women Happy Under the Glass Ceiling? (Clark, H., 2006), se muestran algunas razones para explicar el por qué del llamado techo de cristal. Dicho artículo muestra argumentos que explican la diferencia de jerarquía de los puestos, remuneración económica, diferencia de paga y satisfacción del trabajo:
·                       Un estudio hecho por Catalyst a nivel mundial, muestra que los hombres desean más tener los puestos más altos, que las mujeres. De ahí que no haya tantas mujeres en los puestos más altos.
·                       De acuerdo con estadísticas hechas por Accenture’s, el 58% tanto de hombres como de mujeres, piensan que el salario está compensado, a pesar de que las mujeres ganen 77 centavos por cada dólar que gana un hombre. La razón de lo anterior es que las mujeres tienden a tener trabajos menos estresantes que los hombres.
·                       Warren Farrell autor del libro Why Men Earn More, explica en su libro que la diferencia de paga entre hombres y mujeres se debe a que las mujeres trabajan menos horas y se quedan en el trabajo menos tiempo que sus colegas varones. De ahí la diferencia salarial.
·                       Algunos expertos como Warren Farrell, dicen que el techo de cristal no afecta la satisfacción del trabajo en las mujeres. Ya que al no tener puestos tan altos, ellas tienen la posibilidad de disfrutar la vida de forma más plena.

De ahí surge la polémica, ¿es realmente justo o no que las mujeres tengan menos paga y no lleguen a puestos ejecutivos altos? No dudo que existan muchas mujeres que realicen puestos secundarios en los que tengan menos paga que sus colegas varones o las que su prioridad no sea el trabajo profesional. Sin embargo, los argumentos a favor del techo de cristal generalizan, de ahí que no pueden ser válidos. No podemos estar a favor de éste fenómeno, respaldándose nada más en la situación de algunas mujeres. En lenguaje más coloquial, sería algo así como, no por unas, van a perder todas.
Por otra parte, existe otro argumento a favor del llamado techo de cristal, que es la teoría del subjetivismo ético. Todo el mundo tiene diferentes formas de ver las cosas, la moral de cada persona depende de sus emociones, sentimiento y pasado “la gente tiene opiniones diferentes, pero en lo tocante a la moral, no hay ‘hechos’, y nadie está en lo ‘correcto’. La gente simplemente opina de diversas manera” (Rachels, 2007, 63). A esto le llamamos subjetivismo ético, esto quiere decir que “[…] la idea de que nuestras opiniones morales están basadas en nuestros sentimientos y nada más” (Rachels, 2007, 64). Con esta visión reflexiva se puede decir que nadie está en lo correcto o incorrecto.
De ahí que se podría decir que aquellos que piensan que pagarles menos a las mujeres o no dejarlas asumir puestos altos, está justificado, simplemente porque piensan que es lo correcto. El problema con esta teoría es que no podríamos condenar absolutamente ninguna práctica, aunque esta atente contra la dignidad de las personas. Por ello, esta teoría no es ética, ya que atenta contra la universalidad de la misma.
Por si fuera poco, las aseveraciones anteriores violan los derechos humanos. Según los derechos y libertades fundamentales, hombres y mujeres tienen los mismos derechos. (Barba, 1997, p.14-16). De ahí que la diferencia de oportunidades y de paga viola los derechos. Simplemente porque hombres y mujeres deben ser tratados por igual, no debe de haber ningún tipo de diferenciación a causa de género.
Además debe haber igualdad entre todos los seres humanos, ninguna persona vale menos o más que otra. Requisito de imparcialidad. (Rachels, 2007, p.35, 36). Por si fuera poco “[…] es incorrecto usar a las personas como medios para los fines de otros.” (Rachels, 2007, pág. 20-21). De ahí que es poco ético discriminar a la mujer como forma de crecimiento personal o de conveniencia propia por parte de los varones. Simplemente porque tenemos el mismo valor como personas y porque no se puede utilizar a las mujeres como medios para conseguir un beneficio. Las personas son siempre fines no medios.
Sin embargo, el fenómeno del techo de cristal no se detiene allí, en la diferencia económica y la jerarquía empresarial. Según el artículo de Empowering Women in Business (2014), las mujeres ejecutivas señalan lo siguiente como las causas del fenómeno:
1.             Segregación del trabajo: a las mujeres se les relega a trabajos que no tienen gran futuro para ascender en una empresa. Tales como trabajos de staff o de apoyo, secretarias, relaciones públicas o finanzas que no tienen futuro de llegar hasta los puestos más altos.
2.             Red de los varones: las mujeres son excluidas de ciertas reuniones ya sea laborales o sociales, ya que no se les considera importantes para la toma de decisiones.
3.             Discriminación sexual: una encuesta realizada por el Wall Street Journal, muestra que el 50% de las encuestadas considera la discriminación de su género como el mayor obstáculo para su carrera laboral. Sólo el 3% considera un obstáculo la familia. El 80% considera que ser una mujer es una desventaja para los negocios.
4.             Acoso sexual: el acoso sexual hacia las mujeres es un hecho bastante común en las empresas. 4 de cada 5 agresores son simplemente reprendidos, sin perder su trabajo. El 90% de las grandes corporaciones, tienen quejas de acoso sexual por parte de sus empleadas.
5.             Leyes laxas sobre la discriminación de género: no hay represiones serias legalmente que sancionen la discriminación a las mujeres, lo que hace muy fácil que siga habiendo discriminación hacia las mismas.

Ahora, si nos vamos a nuestro país, el hostigamiento sexual ocurre comúnmente en el ámbito laboral. "En relación con la violencia laboral, un 20.6% de las mujeres declaró haberla sufrido; más de un 4% refirió hostigamiento sexual. Más de 500 mil mujeres han sido forzadas a tener relaciones sexuales; de ellas alrededor de 75 mil sufrieron una violación en el último año; sin embargo por ese delito cada año se inician apenas 15 mil averiguaciones y sólo se concluyen 5 mil juicios en los tribunales superiores de la justicia. Estos datos demuestran lo alejadas que se encuentran las mujeres mexicanas de la  procuración e impartición de justicia: sólo un 14% de las mujeres víctimas de violencia se acercaron a una autoridad a pedir ayuda, el resto considera que nadie puede ayudarles. (Diario Oficial de la Federación, 2013, p.13).

¿Y qué hace el país para regular lo anterior?

“Por su parte, el Código Penal Federal establece que el delito de hostigamiento sexual sólo será punible cuando se cause un daño o perjuicio a la víctima. La pena prevista en estos casos es de sólo 40 días de multa (CPF artículo 259 bis). Parece difícil que una mujer tenga interés en querellarse por hostigamiento sexual si debe probar la afectación que se le causó con ello y, encima, si la consecuencia jurídica será sólo el pago al Estado de una cantidad de dinero.” (Peña, B., 2011, p.14).

Multar al agresor no es garantía de que el hostigamiento se detenga, simplemente porque paga una cierta cantidad de dinero y sigue con su trabajo. Debería de haber más regulaciones al respecto, por ejemplo, que sea requisito que el agresor y víctima ya no tengan una relación directa, así como que sus oficinas se encuentren lejos una de otra. Incluso, si el daño es grave como una violación o violencia física o emocional grave, debería ser requisito el despido del agresor.

Por si fuera poco,  “[…] perviven normas que prevén que si la licencia de maternidad se prorroga por complicaciones en el parto, la mujer tendrá derecho sólo al 50% de su salario, por un periodo no mayor de 60 días (LFT artículo 170, fracción V).” No sólo se les paga menos a las mujeres, sino que también no se tienen tantas consideraciones en caso de maternidad. (Peña, B., 2011, p.14). Las mujeres que tienen complicaciones de parto, no sólo no son apoyadas en una etapa de vulnerabilidad, sino que se les afecta económicamente. ¿Cómo es posible que una mujer con incapacidad de trabajar y que además tiene otra persona que depende de ella, tenga solamente derecho al 50% de su salario? En ese periodo los gastos de la mujer aumentan, lo que hace todavía más difícil su situación.
Ahora, no todo es malo, el país ha realizado acciones para promover la igualdad entre los sexos. "Principio de no discriminación e igualdad. En México, el artículo primero constitucional, contempla la prohibición de la discriminación, e incorpora la definición contenida en el Artículo 1 de la CEDAW, en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED)." (CEDAW, 2010, p.1).
"El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND) señala como ejes transversales para la construcción de políticas públicas, la incorporación de la perspectiva de género (PEG), la igualdad entre mujeres y hombres, y la eliminación de cualquier discriminación por motivos de género. En concordancia con la Recomendación 19 al Sexto Informe Periódico, el principio de igualdad está incorporado en el PND; en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH) y en el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2008-2012 (PROIGUALDAD). En atención a la Recomendación General 25, este principio se promovió a través del Acuerdo Nacional por la Igualdad entre Mujeres y  Hombres. (CEDAW, 2010, p.1)."
Se destinaron distintos programas para el combate a la desigualdad de género a diferentes organismos gubernamentales. INMUJERES, destaca con la destinación de distintos programas. Entre ellos están: Acuerdo Nacional Para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Fondo de Inicio y Fortalecimiento para las Instancias Municipales de las Mujeres, Subsistema Nacional de Igualdad en las Entidades Federativas, Fondo para la Transversalidad de la Perspectiva de Género, etc. (Universidad Autónoma de México, 2009, p. 115).
Ahora el reto ya que tenemos las regulaciones anteriores, es llevarlas a cabo. De nada sirve tener un manojo de reglas y regulaciones para el combate de un problema, si no existe una autoridad capacitada para convertirlas en acciones.
Otro obstáculo para el techo de cristal, no solamente son los hombres machistas, sino las mujeres machistas. Aquellas que piensan que el rol de la mujer no está en el trabajo sino exclusivamente en el hogar; y que por ende no se preocupan de las condiciones laborales de sus congéneres. Ya que no está en su “rol” pertenecer del todo a ese mundo empresarial. No está mal dedicarse al trabajo doméstico, lo que sí está mal es privarle a una mujer por el simple hecho de ser mujer, el pertenecer del todo a un ámbito laboral al que tiene todo el derecho.
No es sorpresa que exista mujeres que piensen así, ya que la cultura occidental viene de una mentalidad patriarcal. En la que exclusivamente los varones tenían el mando de la sociedad. Ésta mentalidad no sólo moldea a los hombres que viven en ella, sino también a las mujeres.
De ahí que la mujer haya estado discriminada por tanto tiempo, porque desde su psique ella acepta la estructura machista y actúa acorde a ella. Bordieu, lo expresa así: “Los actos de conocimiento y de reconocimiento prácticos de la frontera mágica entre los dominadores y los dominados que la magia del poder simbólico desencadena, y gracias a las cuales los dominados contribuyen, unas veces sin saberlo y otras a pesar suyo, a su propia dominación […]”(Bordieu, P., 1998, p. 55).
En otras palabras Bordieu menciona que para haber una dominación, debe existir un dominado. Lo explicaré con un juego de palabras. Para que haya un dominado, éste tiene que aceptar a su dominador, de lo contrario no sería dominado. De ahí que el dominado contribuye a su propia dominación, ya que deja al dominador dominar.
Conclusiones
El fenómeno del techo de cristal no es ético, ya que atenta contra los derechos fundamentales de las mujeres. Además no existe ningún argumento que sea lo suficientemente fuerte para sostener la inequidad, sin caer en las generalizaciones y en el subjetivismo ético. Argumentos que son rechazados ya que caen en falacias de generalización y atentan contra la universalidad de la ética.
Para combatir este problema es necesario realizar varias acciones. En primer lugar campañas de concientización sobre el problema en empresas, organizaciones e incluso en el gobierno. En el que se les muestre a hombres y mujeres por igual, la situación. Para así crearles una conciencia sobre el tema y dejar de ser víctimas de las estructuras patriarcales. En segundo lugar, llevar a cabo las regulaciones que promueven la equidad de género que ya están aprobadas en nuestro país. Para que de esta forma, el progreso en México deje de quedarse solamente por escrito.
El objetivo de lo anterior es fomentar el feminismo que busca la equidad entre los sexos, no la supremacía de las mujeres sobre los hombres. Para ser una civilización desarrollada, debemos de dejar atrás las distintas injusticias, para caminar todos de la mano y lograr equidad de oportunidades.





Diana Nelson
A01228082




Referencias:


Referencia básica:
·         Barba, J.B. (1997). Educación para los derechos humanos. México: Fondo de Cultura Económica, pp. 15-42.
·         Bordieu, P. (1998). La dominación masculina. Anagrama: Barcelona. p. 55.
·         Peña, B. (2011). Equidad de género y justicia electoral: La alternancia de géneros en las listas de representación proporcional. Recuperado de: http://portales.te.gob.mx/genero/sites/default/files/33_equidad_0.pdf. México: Tribunal Electoral, p. 14.
·         Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía moral. México: Fondo de Cultura Económica.
·         Sánchez Vázquez, A. (2006). Ética. México: Debolsillo, pp. 171-192.

Referencia complementaria:
·         Alter, C. (2014). Millennial Women Are Still Getting Paid Less Than Men. Time. Consultado el 31 de marzo de 2015. Recuperado de: http://time.com/2870940/millennial-women-are-still-getting-paid-less-than-men/
·         CEDAW. (2010). 7° y 8° Informes Consolidados de México sobre el cumplimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). México: p.1.
·         Clark, H. (2006). Are Women Happy Under the Glass Ceiling? Forbes. Consultado el: 20 de febrero de 2015. Recuperado de: http://www.forbes.com/2006/03/07/glass-ceiling-opportunities--cx_hc_0308glass.html
·         (2013). Diario Oficial de la Federación: Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. México: p. 13.
·         (2014). Empowering Women in Business. Feminism Majority Foundation. Consultado el 20 de febrero de 2015. Recuperado de: http://www.feminist.org/research/business/ewb_glass.html
·         Goodley, S. (2014). Gender pay gap: female bosses earn 35% less than male colleagues. The Guardian. Consultado el 31 de marzo de 2015. Recuperado de: http://www.theguardian.com/business/2014/aug/19/gender-pay-gap-women-bosses-earn-35-percent-less-than-men
·         Universidad Autónoma de México. (2009). Informe de Seguimiento de la CEDAW. Avances y Desafíos. México: p. 115.


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