viernes, 8 de mayo de 2015

Dignidad y Derechos de los Homosexuales




Rodrigo Barba
A01228356
23/04/2015
Grupo 13
Afuera del Closet
Hasta la fecha se han dado varios cambios culturales y de creencias en la sociedad que han afectado a muchas personas de distintas maneras, pero a las que afectan de mayor manera son a los homosexuales. ¿Cómo afectan a los homosexuales? Bien, hay fundamentos éticos, morales y hasta legales que lo demuestran; como: atentar a la dignidad, la discriminación, no gozar de los mismos derechos humanos abarcando hasta lo contra natura. En este escrito se presentarán argumentos validos que demuestran y refuerzan la idea principal del ensayo y se basará en dos temas fundamentales (Derechos humanos y Discriminación) de los cuales se desglosarán teorías o temas éticos generales. 
Los homosexuales, por el simple hecho de ser personas tienen, por ley, el derecho de gozar los mismos derechos humanos que se imparten a toda la sociedad, así como el matrimonio. Actualmente la ley atenta y se contradice a sí mismo al privar, a las parejas del mismo sexo, casarse, ya que existe un principio de derecho fundamental que debe ser protegido por el Estado mexicano que consiste en el libre desarrollo y dignidad de la persona humana lo cual promueve contraer matrimonio entre personas del mismo sexo (López, R; Zepeda, L; 2013). Esto se fundamenta en la siguiente idea: "reconocimiento del Estado sobre la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificados, con el fin de cumplir las metas u objetivos que se ha fijado, de acuerdo con sus valores, ideas, expectativas, gustos, etcétera." (López, R; Zepeda, L; 2013). Estas víctimas tiene que sustentarse junto a grupos de apoyo a las parejas del mismo sexo para poder cambiar eso (Ortiz, 2011, Pg 3), y considero que es algo injusto tener que generar movimientos nada sencillos de llevar a cabo para poder respaldarse en ellos y así poder obtener algo que ya debía de tener desde que nacieron, sus propios derechos. 
la SCJN,  adoptó una postura garantista  afirmando lo siguiente: "... en respeto a la dignidad humana resulta exigible el reconocimiento por parte del Estado no sólo de la orientación sexual de un individuo hacia personas de su mismo sexo, sino también de sus uniones, bajo las modalidades que, en un momento dado, decida adoptar (sociedades de convivencia, pactos de solidaridad, concubinatos o matrimonio)” (López, R; Zepeda, L; 2013). Considero que es algo necesario para poder vivir en comunidad de manera tranquila.
Orta solución a este problema es el relativismo cultural, o sea, si logramos entender esto podemos llegar a tener un criterio más amplio sobre el tema y quizá podría solucionar ese dogmatismo. Creemos que el problema en los Estados donde se niega el matrimonio entre parejas del mismo sexo es un concepto formalista de los derechos pero no cuidan las nuevas necesidades de la sociedad actual y los grupos minoritarios (López, R; Zepeda, L; 2013).

Todas las personas tienen la libertad de tomar sus propias decisiones conllevándolas a sus consecuencias. “Si el derecho al matrimonio es un derecho humano fundamental es porque supone la libertad de los seres humanos para decidir sobre sus propias vidas; es decir, supone su autonomía individual” (Ortiz, 2011. Pg 5). Las decisiones que toman las personas deben ser realizada con total libertad siempre y cuando sean responsables de sus consecuencias, mientras no afecten a terceros y estén concientes de lo que hacen. No deben de intervenir en su libertad como humano.
Hanna Arendt afirma también como es que las personas, asumiendo su responsabilidad, entrando también al derecho natural, los seres humanos son autosuficientes para poder tomar sus decisiones, de lo contrario atenta a la dignidad humana, como lo mencionaba anteriormente (Ortiz, 2011. Pg 5). Ese termino refiere más que nada al actuar como se quiere.
La Dirección de Seguridad Publica Municipal advirtió a bares y restaurantes que si permitían el acceso de los homosexuales, les clausuran su negocio (Farias, C., 2002, pg. 8). También prohíben que vistan con prendas de mujer. "De acuerdo a nuestra Constitución y a los derechos de los homosexuales, no es recriminable que ellos anden vestidos de mujer y el hecho de que se les prohíba entrar a las cantinas, pues eso seria ya una cuestión mas que todo de los dueños de los bares"(Farias, C., 2002, pg. 8). Estos son algunos casos que demuestran como es la situación actual en cuanto a la discriminación a los homosexuales. Más adelantes se presentarán más casos que lo reafirmen.
Cabe mencionar que, según los hallazgos encontrados por Sandfort, todas las actitudes hacia los homosexuales son más favorables en países en donde se promueve más la libertad y donde prima la individualidad (Cronin, D. 2008). Prácticamente, en lugares donde se respetan más los derechos y los valores es en donde los homosexuales pueden sentirse protegidos de manera equitativa a los demás ciudadanos. Algo que debería pasar en todos los países.
Si uno de los objetivos de estar en contra del homosexualismo era la seguridad de los ciudadanos (ya sean valores, cuestiones morales o éticos, etc.), evidentemente pasa lo contrario gracias a la mentalidad que se ha creado sobre ellos. La DUDH tiene la función de defender a los jóvenes ante situaciones que los rodean (Abascal, Pg 16).  De acuerdo a los estudios investigados, se perjudica también a los jóvenes que están en un entorno homosexual por las personas homofóbicas, ya que se les ridiculiza y afecta, no forzosamente de manera física, sino también psicológica). Por consiguiente, los homofóbicos no están permitiendo cumplir el objetivo de la DUDH.
En Sudáfrica se hizo un estudio, citado por Nel, a casi 2,000 homosexuales, la mitad eran negros, 40% blancos y el resto se describían a sí mismos como “de color” o de etnicidad india.
La conclusión del trabajo fue de que los hombres homosexuales tanto negros como blancos se arriesgan a ser victimizadas, aunque es más probable que discriminen a los negros que a los blancos (Cronin, D. 2008).
 “las sexualidades periféricas están basadas en la resistencia a los valores tradicionales, y al asumir la transgresión muchas veces el precio que se tiene que pagar es el rechazo social, la discriminación y el estigma.” (Fonseca, C; Quintero, M. 2009). También es importante saber la razón por la que las personas en contra del homosexualismo defienden esa postura, ya que, al parecer perjudican más de lo que ayudan a estas personas y generan ese rechazo social mencionado.

En el mundo jurídico continental europeo, la dignidad es considerado algo inolvidable y estable, es un conjunto de filosofías valorativas liberales, que dotan al humano de cualidades intrínsecas naturales o racionales, de las cuales adoptan ciertos derechos inalienables (López, R; Zepeda, L; 2013). Como mencioné anteriormente, al discriminar a los homosexuales y privarlos de los derechos también se atenta contra su dignidad. Prácticamente los derechos humanos están fundados en la dignidad de la persona humana (Barba, 1997, p. 1). “La Teoría Queer intenta cambiar el sentido de la injuria para convertirla en un motivo de estudio, e incluso de orgullo.” (Fonseca, C; Quintero, M. 2009).
Los textos científicos que analizan los abusos a los homosexuales es también considerado injusto ya que el que hace esos textos provienen de personas que son de raza blanca, genero masculino y de preferencias heterosexuales, de cierta religión y clase social. Injusto porque protegen mayormente a los que coincidan con sus rasgos y características y porque no se está exponiendo a la luz realmente lo que están sufriendo los homosexuales en general. Es por eso que la teoría queer alza la voz del resto de las personas que son acalladas por el androcentrismo, la homofobia, el racismo y el clasismo de la ciencia (mujeres, negros, pobres, panteístas, transexuales, etc.) (Fonseca, C; Quintero, M. 2009).
“Los derechos humanos de los homosexuales son indiscutibles, imprescriptibles, irrenunciables, universales, como todo derecho humano, por el simple hecho de ser personas.” (Abascal, pg 16) Para poder juzgar a la persona es fundamental tener criterios, y también  atenta contra su dignidad por no permitirle a esas personas hacer de su cuerpo lo que quieran. Al negarles estos derechos a las personas homosexuales, se sienten inferiores y les hacen creer que su amor vale menos.
Basándonos en la teoría kantiana, la dignidad comprende la dimensión moral de la personalidad, que tiene por cimiento la propia libertad y autonomía de la persona. (López, R; Zepeda, L; 2013).
Si nos adentramos al tema de contra natura vemos que, si los actos homosexuales los juzgaran y los condenaran, muchas practicas sexuales también serían Juzgadas y condenadas. “La idea de que es incorrecto usar las cosas para cualquier otro propósito que para ‘los naturales’ no pueden sostenerse razonablemente”. Por ejemplo: el propósito de usar los dedos es agarrar u oprimir, pero ¿qué tal que sea para llevar el ritmo de la música? ¿es incorrecto? (Rachels, J. 2007, p. 82).
Algunos ejemplos de practicas sexuales que también podrían ser juzgadas por condenar los actos homosexuales son: la masturbación, sexo oral y hasta el sexo que practican las mujeres después de la menopausia. No se encuentra algún punto en especifico al concluir esto, ya que no hay razones lógicas para condenar esa practica como algo malo. Si la palabra contra natura es lo contrario a lo que una persona debe ser, decir que algo es incorrecto porque no es natural seria vacuo y no da razón para condenar nada (Rachels, J. 2007, p. 82).
Hay también argumentos religiosos que condenan a los homosexuales, en donde, si consideramos eso como válido surgirían algunos problemas. Los textos sagrados de la Biblia dan más de lo que pedimos. Hay muchas prohibiciones que en la actualidad no persisten, como la regla de que si una hija se prostituía, la quemaban viva, o que no se podía comer sebo de animal. Entonces no podemos concluir que la homosexualidad es una abominación ya que también tendríamos que considerar las otras que demuestran en los textos sagrados y nos volveríamos locos. “nada puede ser moralmente correcto o incorrecto simplemente porque una autoridad así lo dice. Si los preceptos de un texto sagrado no son arbitrarios, deben tener alguna razón” (Rachels, J. 2007, p. 83). En esto que se afirma entra el problema teórico, que consiste en que “en la lógica del razonamiento moral, se abandona la referencia al texto y la razón del pronunciamiento (si la hay) toma su lugar.” (Rachels, J. 2007, p. 84, 85). Sencillamente como tener tu propio razonamiento deacuerdo a como se ha ido adecuando las costumbres, culturas, moralidad, etc. porque a lo largo del tiempo cambian y cambian.
Debido a la ley que niega la adopción a las parejas homosexuales, muchos niños huérfanos se quedan sin hogar o alguien que los sustente. De 28 mil niños con posibilidad de ser adoptados, solo el 6.8% son los que consiguen ser adoptados por la negación de la ley (DIF, 2007), (Ortiz, 2011, pg 19). Ya vimos los porcentajes de los niños que salen afectados al negarles a los padres homosexuales la adopción y si lo que trata el gobierno es promover los valores familiares y proteger a la sociedad, al hacer eso hay más repercusiones negativas que positivas.
Hay teorías hedonistas por Epicuro Samos en donde afirma que, al hacer un bien mayor que algún mal, ese bien justifica sobre el mal, por consiguiente como vemos que afecta más eso que hacer un bien, lo ideal es que supriman esa ley y permitan hacer de la sociedad lo que les favorece y concentrarse mejor en otros aspectos que afectan más.
El gobierno socialista de Portugal aprobó una ley en la que permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero la adopción es negada para ellos (EFE News Service, 2009). "Queremos que el resto de la gente sepa que existimos. Que somos parte de familias y que formamos familias. Y también que tenemos hijos y criamos hijos. El ser homosexuales no significa que seamos ajenos a los valores familiares," indico Jehan Agrama (Marrero, M. 1992)
 Como es posible que si ya permitieron el matrimonio, la adopción lo anulen, el matrimonio conlleva formar una familia y promover los valores dentro de ella y al anular esto, prácticamente no hay muchos valores que promover.
Existen algunos argumento en contra de la homosexualidad, como el de que la relación de parejas del mismo sexo va en contra de los valores familiares, pero ¿qué peso tiene ese argumento para que sea considerado valido?
Es importante recalcar que el razonamiento moral, a partir de nuestros juicios, es una capacidad para distinguir entre lo que está bien y lo que está mal, de esa manera determinar la capacidad moral (Patiño, 2006, p. 77). Para llegar a tomar un juicio válido es fundamental plantearse una serie de preguntas como: ¿Cómo sabemos si lo que hacemos está bien o mal?¿Qué es la conciencia?¿ como saber si estamos en lo correcto?.  Una vez resueltas se desarrolla la conciencia moral, pues Gustavo Ortiz concluye que si todos sus argumentos y teorías fueron ciertas, no hay razón para negar el matrimonio entre homosexuales. Y no solo eso sino que también, gracias a sus afirmaciones pasadas  promueve mucho los valores familiares utilizando ese razonamiento. Los que se oponen no tienen razones para poder defender su postura y se escudan en encuestas de opinión (Ortiz, 2011, pg 21).
Las parejas del mismo sexo intentan formar una familia y basarse en los requisitos y aptitudes necesarias para poder llevar a cabo un matrimonio, algo que se ha perdido a lo largo de los años hasta la actualidad en muchas parejas heterosexuales. Antes era mal visto los hijos de padres divorciados, y se fue disminuyendo eso con el tiempo, pero ahora los hijos de parejas homosexual son igual o peor (Ortiz, 2011, pg 19). Hay un caso en el que una hija de pareja lesbiana, Kasey Nicholson, se expresa de cómo le molesta más que sus padres no estén casados a que la molesten por tener padres homosexuales. Esto es un caso de cómo se promueven más los valores familiares en una pareja homosexual que heterosexual (Ortiz, 2011, Pg 3).
Es necesario llegar a crear movimientos sociales para que las personas logren gozar de sus derechos humanos que hasta hay campañas en donde apoyan a los gays y lesbianas para formar familiar. Los mismos homosexuales están tratando de promover los valores de la familia y es irónico como es que quieren negarles esos valores a las personas que lo proponen (Rachels, J. 2007, p. 83).
Detrás de muchos grupos y movimientos izquierdistas hay intereses económicos ya que, apegándonos a lo que dice “Abascal “, entre menos familias haya, existe mayor demanda en el mercado. Esto puede ser caso de por qué mucha gente está en contra de estos movimientos, solo es caso de estar concientes de lo que está pasando.
De lo contrario de esos movimientos falsos, está el caso en el que una veintena de organizaciones latinas lanzaron la campaña "Familia es Familia", “una iniciativa pionera que se propone educar y concienciar a los hispanos sobre los derechos de los homosexuales y fomentar que se hable de ellos con naturalidad en el ámbito familiar.” (EFE News Service, 2012)
En este punto retomamos el tema de los derechos humanos debido que estos movimientos que se han generado básicamente fuero creados para defender los derechos que merecen las personas homosexuales. Oestreich y Sommermann afirman que los derechos humanos son innatos, inalienables, perteneciente a todo ser humano. Han sido transmitidos desde hace siglos y con ellos se desarrolla la personalidad, dignidad y el valor humanos (Barba, 1997, p. 2).
En conclusión, analizando los datos que están presentes nos damos cuenta que no solo éticamente, sino también moral y legalmente es incorrecta la manera en que se juzga y se trata a las personas homosexuales. Se necesitan fundamentos y buenos argumentos con investigación previa para poder tomar en cuenta algún argumento, ya sea a favor o en contra. Siguen siendo personas que, por el hecho de que sus preferencias cambien, deben de gozar de los derechos humanos y deben ser tratados igual que cualquier otra persona.
Detengamos los problemas sociales y definamos en que se está basando la población para sustentar este tipo de trato hacia ellos.






Referencias

 

Abascal, A. (SF). Los matrimonios entre homosexuales y los derechos humanos: pg

16

 

Barba, J. (1997). Los Derechos Humanos: pg 2, 3, 4, 5

 

Butler, J. (1999). El genero en disputa. (PDF). Recuperado de

http://www.pueg.unam.mx/images/seminarios2015_2/nociones_teoricas

/complementaria/judith_butler_el_genero_en_disputa.pdf

 

Dubay, W. (SF). Homosexualidad: lo que Kinsey dijo realmente: pg 1, 3 

 

EFE NewsServices, El gobierno luso presenta un proyecto de matrimonio homosexual sin adopción: PORTUGAL –

HOMOSEXUALES. (2009). Recuperado de http://0 search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/433822711/8F44849AC2774269PQ/1?accountid=11643

 

EFE NewsService, Grupos latinos lanzan una campaña en respaldo de derechos de

los homosexuales: DERECHOS (Previsión). (2012). Recuperado de http://0-

search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/1024141276/3833437E89C648A7PQ/3?accountid=11643

 

Farias, C. (2002). ProQuest. Violan los derechos de homosexuales. Recuperado de

http://0search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/377439280/3833437E89C648A7PQ/1?accountid=11643

 

Fonseca, C; Quintero, M. (2009). La Teoría Queer. (PDF). Recuperado de

http://www.revistasociologica.com.mx/pdf/6903.pdf

 

López, R., Zepeda, L. (2013). ProQuest. El matrimonio homosexual en México hacia un paulatino reconocimiento en

las entidades federativas, 6  de mayo del 2015. Recuperado de http://0-search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/1504087017/14F8A1D29D014F7CPQ/1?accountid=11643

 

Marrero, M. (1992). ProQuest. Se inaugura una campana en favor del reconocimiento a parejas homosexuales, 6 de

mayo 2015. Recuperado de http://0-search.proquest.com.millenium.itesm.mx/docview/368178631/AF6A594FA7B14D3APQ/1?accountid=11643

 

Ortiz, G. (2011). Derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo: pg 1, 3, 5,

19, 20, 21

 

Patiño, B. (2006). Desarrollo Moral. México: Thomson. pg 77

 

Rachels, J. (2007). Introducción a la filosofía. EL subjetivismo en la ética: México: pg

83, 84, 85

 


Sánchez, V. (2006). Responsabilidad moral: pg 105, 106, 107, 108

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