Stephanie Renee Prieto Rosas
Consumo en el siglo XXI
RESUMEN
El consumismo acelerado ha sido el responsable de algunos de los
problemas más graves que tenemos en el siglo XXI, el daño al medio ambiente y
la crisis humanitaria de derechos humanos. Se plantea que tanto empresas como
consumidores deben tomar acción en cambiar los hábitos y procesos que se han
encargado de vulnerar los derechos humanos de ciertos involucrados por medio de
explotación laboral, adicionalmente del daño medio ambiental que ha sido efecto
de dichas prácticas en la industria.
Palabras Clave:
consumismo, ética, derechos humanos, medio ambiente, justicia, libertad.
El consumismo acelerado e irresponsable ha impactado negativamente
a la sociedad dañando al medio ambiente y atentando contra los derechos humanos
de las personas. Este ensayo tiene como objetivo el demostrar el impacto
negativo que tiene un consumismo acelerado e irresponsable en la sociedad y
cómo atenta a los derechos humanos, sometiendo a las personas a esclavitud,
trabajos forzados y trabajo infantil (Zamarriego, 2017), la degradación el
medio ambiente y la biodiversidad y la injusticia que existe al no penalizar a
los responsables de estos daños.
El consumismo es parte de la vida diaria de los seres humanos y los
hábitos de compra que se tienen actualmente pueden tener un efecto negativo o
positivo en todos los aspectos mencionados anteriormente. El bienestar y la
vida digna de muchas personas y sectores sociales se está viendo afectada y
seguirá en detrimento si se continua con estos hábitos irresponsables. Como
consumidores y como futuros empresarios se tiene una gran responsabilidad el
cambiar de hábitos y el ofrecer productos y servicios que impacten
positivamente nuestra sociedad.
Es imperativo que las empresas y los individuos aporten al
desarrollo y crecimiento de la sociedad. Las empresas por medio de modelos de
negocios sustentables y la reestructuración hacia la reesponsabilidad
empresarial sostenible, ofreciendo total transparencia del origen de sus productos
y rindiendo cuentas de sus servicios y condiciones laborales. Mientras que los
consumidores deben informarse y educarse
sobre el impacto de cada decisión de compra que hacen para detener el circulo
vicioso de los efectos negativos en dichos hábitos y presionar a las empresas a
cambiar sus prácticas.
Desarrollo
“El consumo es necesario para el desarrollo humano cuando amplía la
capacidad de la gente y mejora su vida, sin menoscabo de la vida de los demás”
(Gordmier, 1999). El consumo es parte de la vida diaria de un ser humano, desde
consumo de bienes y servicios de primer necesidad, hasta bienes de lujo. ¿Qué
pasa cuando las empresas que están detrás de la creación, manufactura o
comercialización de estos bienes están atentando en contra de los derechos
humanos de sus colaboradores o miembros de su cadena de valor, y dañando al
medio ambiente mediante la producción de los mencionados?
Para que las empresas logren generar más riquezas económicas, harán
lo que sea para reducir costos y ampliar ese margen de ganancia. Aquí es cuando
se pueden ver vulnerados los derechos de las personas que son miembros de las
cadenas de valor de las empresas. Uno de los casos de esclavitud moderna
involucra varios productos en nuestras vidas diarias, smartphones, tablets y
computadoras. En la República Democrática del Congo se encuentra el 80% de las
reservas a nivel mundial de cobalto, un ingrediente indispensable para la
receta de la creación de baterías para estos productos. Entre los trabajadores
de estas minas laboran alrededor de 40,000 menores de edad, contando con
jornadas de más de 12 horas sin medidas de seguridad, poniendo en riesgo su
salud y su integridad (Zamarriego, 2017). La cadena de valor empieza así: los
trabajadores extraen el cobalto de las minas; lo extraído pasa a manos de Congo
Dongfang Mining y su socio comercial Zhejiang Huayou Cobalt Ltd; las empresas
procesan el mineral y lo venden a tres organizaciones de componentes para
baterías localizadas en China y Corea del Sur quienes proveen el producto
terminado a los gigantes Apple, Microsoft, Samsung, Sony, entre otros;
finalmente nosotros como consumidores adquirimos estos productos sin
conocimiento alguno de lo que estamos generando (Zamarriego, 2017).
“El artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
de 1948 establece que «nadie será obligado a ser esclavo o a servir; la
esclavitud y la trata de esclavos están prohibidos en todas sus formas»”
(Zamarriego, 2017). Sin embargo, la esclavitud está presente en pleno Siglo
XXI; trata de personas, trabajos forzados y explotación como prostitución o actividades
ilegales como la mendicidad organizada y el tráfico de drogas (Zamarriego,
2017). Toda empresa que involucre estas actividades, aunque no sea
directamente, está atentando en contra de los derechos humanos de las personas,
pues es participe de esta cadena tóxica para la sociedad. De acuerdo al
artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “toda persona
tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones
equitativas y satisfactorias de trabajo…(ONU, 1948)¨ También establece que toda
persona que trabaja tiene derecho a “una remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a
la dignidad humana… (ONU, 1948)¨ De igual manera, como consumidores nos hemos
convertido en cómplices para que las empresas continúen con estas prácticas.
Dichas prácticas atentan contra los derechos humanos de estos grupos
vulnerados, privándoles de su libertad, su derecho a vivir una vida digna y
contar con un trabajo digno con las condiciones establecidas en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Estas personas se han visto obligadas a
resignarse con trabajos que no ofrecen un ingreso equitativo, protección social
o seguridad en el lugar de trabajo.
Los problemas ambientales que estamos viviendo hoy en día, están
estrechamente relacionados a nuestros hábitos de consumo y los hábitos de las
empresas para ofrecer los bienes demandados. Los procesos irresponsables de
obtención de las materias primas, transportación, manufactura y
comercialización han generado contaminación de cuerpos acuáticos, del aire,
agotamiento y destrucción de recursos naturales, degradación de ecosistemas,
entre otros (Vilches, Gil, 2003). Los 20 países más ricos del mundo han
consumido en este siglo más recursos naturales y recursos no renovables que
toda la humanidad en toda su historia (Vilches,
Gil, 2003). Todos estos daños están atentando contra el desarrollo
social y el desarrollo sostenible del medio ambiente, a la salud de las
generaciones actuales, al igual que a los derechos de las generaciones futuras
a gozar de un planeta sano.
¿Qué daño puede resultar de comprar chocolate? Se pudiera pensar
que no hay agravio alguno en comprar una barra de chocolate. Sin embargo, el
cultivo de cacao en la actualidad tiene un impacto negativo muy alto en el
medio ambiente y la demanda mundial incrementa entre 2% y 5% cada año (Meyer,
2018). Esta demanda masiva ha provocado que se acelere la producción al doble
en solo tres décadas, originando que se elaboren más plantíos de cacao que
invaden los bosques africanos, la selva amazónica y que se destruyan hábitats
de chimpancés y otros animales en peligro de extinción, provocando pérdidas en
la biodiversidad (Meyer, 2018). El 70% de la deforestación ilegal está relacionada
con la plantación de cacao, lo que ha causado que el 80% de los bosques de
Costa de Marfil hayan desaparecido entre los años de 1960 a 2010 (Meyer, 2018).
Las pérdidas en la biodiversidad están generando un cambio
climático significante, éste último causa desastres climáticos que a su vez son
una de las principales causas del hambre. “El cambio climático podría aumentar
en un 20% el riesgo de sufrir hambre y malnutrición para 2050. También amenaza
con reducir la producción agrícola potencial hasta un 30% en África y un 21% en
Asia (Choularton, 2016). Dichas producciones aceleradas que causan estos
problemas climáticos, atentan contra varios Objetivos de Desarrollo Sostenible:
producción y consumo responsables, reducción de desigualdades, acción por el
clima, vida de ecosistemas terrestres y hambre cero. (ONU, 2015). Las
actividades industriales que han originado estos problemas están dañando
nuestras vidas, nuestra salud y nuestro planeta. Las generaciones futuras, al
igual que las presentes, tienen derecho a vivir en un planeta libre de
contaminación, y a tener una vida digna. Como generaciones presentes tenemos la
obligación y debemos asumir el compromiso de cuidar la integridad del medio
ambiente y de las generaciones futuras. Todas las personas debemos obrar de tal
modo que nuestra presencia en la tierra respete los recursos naturales
(Cortina, 2002).
La justicia retributiva se ocupa de culpar o castigar “con justicia
a las personas por los actos incorrectos” (Velasquez, 2006). Se conocen
diversos casos de empresas como los mencionados anteriormente que tienen casos
de explotación y condiciones laborales pésimas, y de cómo sus procesos han
afectado el medio ambiente, sin embargo, no se conocen los castigos que se les
han estipulado por dichas prácticas. Los intereses monetarios han atropellado
la justicia retributiva que se supone debería aplicar para estos casos, pero
seguimos sin ver las consecuencias.
La justicia compensatoria se refiere a “restituir con justicia a una persona lo que perdió a causa de un
acto incorrecto suyo o de alguien más” (Velasquez, 2006). Tampoco hemos podido
conocer si las comunidades a las que se les han vulnerado sus derechos humanos
han sido retribuidos con lo que se merecen para resarcir los daños que los
gigantes empresarios les han causado. Existe gran injusticia e impunidad por
parte de los gobiernos quienes se supone son los encargados de regular todas
estas situaciones y de asegurar el bienestar de sus ciudadanos. Velasquez
menciona un ejemplo acerca de la libertad de propiedad de las empresas; “la
libertad de las corporaciones para usar su propiedad para contaminar el
ambiente como quieran restringe la libertad de los individuos para respirar
aire limpio cuando ellos quieran” (Velasquez, 2006).
Las empresas estan cometiendo una injusticia al restringir la
libertad de los individuos a gozar de un ambiente sin contaminación. El mismo
ejemplo aplica para las empresas que explotan y esclavizan a sus colaboradores;
las organizaciones tienen la libertad de contratar al personal que quieran,
siempre y cuando no se vea perjudicada la libertad de los mismos, como lo es el
caso que mencionamos anteriormente con la comunidad en la República Democrática
del Congo. Las empresas que extraen el cobalto están cometiendo una injusticia
en contra de sus empleados pues los están privando de su libertad al someterlos
a jornadas y condiciones laborales que son consideradas como explotación.
Conclusiones
Según el Objetivo de Desarrollo Sustentable de Producción y Consumo
Responsable, el consumo y la producción sostenible consisten en “fomentar el
uso eficiente de los recursos y la energía, la construcción de infraestructuras
que no dañen el medio ambiente, la mejora del acceso a los servicios básicos y
la creación de empleos ecológicos, justamente remunerados y con buenas
condiciones laborales” (ONU, 2015). Esto
se traduce a tener acceso a una mejor calidad de vida para todos
equitativamente y a “ayudar a lograr planes generales de desarrollo, que rebajen
costos económicos, ambientales y sociales, que aumenten la competitividad y que
reduzcan la pobreza” (ONU, 2015).
Nos encontramos en una época en la cual no nos podemos dar el lujo
de pasar estos acontecimientos por alto. Tanto empresas como consumidores
debemos adoptar un nuevo enfoque de producción y de consumo sostenible y
responsable, hacer más y mejores cosas con menos recursos. Generar ganancias
económicas por medio de actividades industriales que permitan la reducción de
la utilización de recursos, degradación y contaminación del medio ambiente, que
permita una mejor calidad de vida para todos los seres. Es imprescindible
adoptar un enfoque sistémico que permita lograr la cooperación entre todos los
participantes de la cadena de valor de las empresas, desde primer contacto y
proveedor hasta el consumidor final. De igual manera es imperativo
“sensibilizar a los consumidores mediante la educación sobre los modos de vida
sostenibles, facilitándoles información adecuada a través del etiquetaje y las
normas de uso” (ONU, 2015).
Propuestas
En ocasiones las personas no se consideran moralmente responsables
de sus actos ya sea por ignorancia o por incapacidad (Velasquez, 2006). Lo
ideal sería pensar que pudiéramos castigar (y ser castigados) cuando se esté
incurriendo en alguna práctica que sea parte de la cadena tóxica de consumo que
ya se mencionó anteriormente, que atenta contra los derechos humanos de ciertos
grupos o se dañe al medio ambiente. La penalización de estas prácticas
irresponsables ayudaría a disminuir considerablemente estas problemáticas e
incluso erradicarlas. Sin embargo, ¿podríamos considerar justo y ético castigar
a las empresas y a los consumidores que viven en la ignorancia del impacto de
sus decisiones de compra o de los procesos y los involucrados dentro de su cadena
de valor y su modelo de negocio? ¿O podríamos considerar que vivir en la
ignorancia no condona ni justifica ser participe de dichos actos?
En mi opinión no nos podemos dar el lujo de vivir en la ignorancia.
La ignorancia no nos protege del recibir el castigo que amerite a la acción que
estamos realizando o de la cual estamos siendo participes. En la actualidad,
tenemos la responsabilidad tanto como empresarios, como consumidores:
primeramente de educarnos en el impacto de nuestros hábitos de compra y de
nuestras prácticas empresariales; y segundo de tomar acciones en la adopción de
prácticas responsables sustentables para generar un efecto cada vez más
positivo en nuestra sociedad que prevalezca sobre el tiempo. Considero más
injusto el hecho de que nuestra ignorancia esté siento causante de explotación
laboral y degradación ambiental, que el que no debamos ser castigados por el
simple hecho de no saber.
Las empresas cargan una responsabilidad más grande, y son las
primeras que deben ser castigadas y penalizadas por sus acciones irresponsables
ya sean directas o indirectas. Las organizaciones tienen la responsabilidad de
ofrecer productos y servicios que aseguren cumplan con la excelencia que los
consumidores merecen, que todos sus procesos sean éticos y transparentes y que
ofrezcan a sus consumidores finales toda la información que estos requieren
para tomar decisiones informadas. Los gobiernos deben ser más estrictos en las
restricciones, requisitos ambientales y laborales para con las empresas, al igual
que con las reglas de importaciones y exportaciones para asegurar el origen de
los insumos y productos. Las empresas deben adquirir asesores de
responsabilidad social empresarial para abarcar todos los aspectos que ésta
cubre y puedan avanzar hacia adelante generando riquezas al mismo tiempo de que
impactan positivamente a la sociedad. Por otra parte considero que las empresas
que responsablemente han adoptado prácticas sostenibles que impactan
positivamente a la sociedad, deben ser aplaudidas, reconocidas e incentivadas.
Debemos ser conscientes de que los mayores beneficios para algunos no
justifican las injusticias para otros.
Referencias
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abril 19, 2019, de Ethic Sitio web:
https://ethic.es/2016/08/catastrofes-climaticas-e-inseguridad-alimentaria-2/
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https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=92040112
Cortina, A. (2002). En Por una ética del consumo. España:
Santillana.
Meyer, L. (2018). Larga (y sostenible) vida al chocolate.
abril 19, 2019, de Ethic Sitio web:
https://ethic.es/2018/01/cocoa-life-mondelez-chocolate-sostenible/
Organización de las Naciones Unidas. (1948). La Declaración
Universal de Derechos Humanos. París: ONU.
Organización de las Naciones Unidas. (2015). Objetivos de
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Ortiz, G.. (2008). La ética del consumo: ¿Es usted un
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Raufflet, E., Portales, L., García de la Torre, C., Lozano, J.,
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En Responsabilidad, ética y sostenibilidad empresarial (pp. 145-157). México:
Pearson.
Velasquez, M., (2006). Ética en los negocios. Pearson
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Vilches, A., Gil, D. (2003). Construyamos un futuro sostenible.
Diálogos de supervivencia. Madrid: Cambridge University Presss. Capítulo 8.
Zamarriego, L. (2017). Los esclavos del Siglo XXI. abril 19,
2019, de Ethic Sitio web: https://ethic.es/2017/06/trabajo-infantil-esclavitud/
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